viernes, 9 de octubre de 2009

TEMARIO TEORIA ECONOMICA

UNIVERSIDAD VERACRUZANA
SISTEMA DE ENSEÑANZA ABIERTA
TEORICA ECONOMICA I SEMESTRE

TEMAS Y SUBTEMAS
1.- Evolución de la vida económica
1.2 el fenómeno económico
1.2.1 El principio de elección
1.3 Origen de la palabra Economía
1.3.1. Definiciones
2.- DE LA ECONOMIA POLITICA
2.1 La economía política como ciencia social
2.2 Acto económico
2.2.1 Actividad Económica
2.3 Objeto y fines de la economía política
2.4 Fuentes de información
2.5 Etapas del conocimiento de lo económico
2.6 Leyes económicas ´
2.6.1 ideas de producción
3.- NECESIDADES Y SATISFACCIONES
3.1 Las necesidades
3.1.1. Doctrina hedonista del esfuerzo
3.1.2 clasificación de las necesidades
3.1.3. Características de la necesidad
3.2 los medios de satisfacción
3.2.1. Bienes y servicios
3.2.2. Clasificación de los satisfactores
3.2.3. Bienes de producción y de consumo
3.2.4. Bienes de uso único y bienes de uso durable
3.3 la utilidad
3.4 el valor
3.4.1. Escuelas del valor
3.5 La riqueza
4.- LA PRODUCCION
4.1. Factores de la producción
4.2 primer factor de la producción...la naturaleza
4.3 Segundo factor de la producción...el trabajo
4.3.1. Trabajo productivo e improductivo
4.3.2. El trabajo como pena
4.3.3. La organización científica del trabajo
4.4. El aprendizaje
4.5 Tercer factor de producción: el capital
4.5.1. Diversos empleos del capital
4.5.2. Capital fijo y circulante
4.6. Ley de los rendimientos decrecientes
5.- OFERTA, DEMANDA Y PRECIO
5.1. El precio
5.2 los mercados y las mercancías
5.3. Fijación del precio según la demanda
5.4. El precio de reserva
5.5. Elasticidad e inelasticidad
5.6. Fijación del precio según la oferta
5.7. Modalidades de la oferta y la demanda
5.8 La influencia de otros hechos en el precio
II UNIDAD
SEXTO TEMA
6.- LA ORGANIZACIÓN
6.1. Presencia de la organización
6.2. La libre competencia
6.3. El monopolio
6.3.1. La formación del monopolio
6.3.2. Discriminación monopólica
6.4 la crisis
6.4.1. Características y consecuencias de la crisis
6.4.2. Causas de la crisis
6.5. La organización de las industrias
6.6. Unidad de producción y unidad de control
6.7. Ventajas y desventajas de la formación de grandes combinaciones
6.8 desarrollo histórico de la organización
6.9 Trust y Cartel
6.9.1. Ventajas del trust
6.9.2. Ventajas del Trust
6.10 inflación y deflación
SEPTIMO TEMA
7.- LA CIRCULACION
7.1. Primera referencia del cambio
7.1.1. Localización del cambio en la actividad económica
7.1.2. El cambio y la división del trabajo
7.2. El trueque y sus necesidades
7.3. Auxiliares del cambio
7.4. Los comerciantes
7.5. Los mercados
7.6. Pesas y medias
7.7. Los transportes
7.8. Creación y Mantenimiento
7.9. Transporte del pensamiento humano
7.10. La moneda, la mercancía de aceptación general
7.11. Condiciones de la moneda metálica
7.12. Ley de Gresham
7.13. Funciones de la moneda
7.14 Teoría cuantitativa del dinero

OCTAVO TEMA
8.- EL CREDITO
8.1. Ideas del crédito
8.1.1. Historia del crédito
8.1.2. Tipos de crédito
8.2. Como paga el estado sus créditos
8.3. Los bancos e instituciones de crédito
8.4. Títulos de crédito
8.5. Billetes de Banco
8.6. Principales operaciones de los bancos
8.7. Moneda de papel y papel moneda
8.8. Préstamos bancarios
8.9. Emisión de billetes
8.10. Ley orgánica del banco de México


NOVENO TEMA
9.- PROTECCIONISMO Y LIBRE CAMBIO
9.1. Balanza comercial
9.2. Ventajas de la exportación
9.3. Ventajas de la Importación
9.4 Argumentos proteccionistas
9.5. Aplicación de impuestos aduanales
9.6. Escuelas nacionalistas o intermedias
9.7. Primas a la producción
9.8. Reciprocidad de tarifas
9.9. Derechos compensadores
9.10. Puertos y zonas libres
9.11. Nuestra política de comercio exterior
9.12. Principales exportaciones de México

III UNIDAD
DECIMO TEMA
10.- EL ESTADO Y LA ECONOMIA POLITICA
10.1-la intervención del estado en la producción
10.2. Estatizacion, municipalización y la comisión nacional tripartita
10.3. El artículo 28 constitucional
10.4. Diversas formas de intervención
10.5. El estado empresario
10.6. Política económica
DECIMO PRIMER TEMA
11. –EL INGRESO NACIONAL
11.1. El ingreso individual y el ingreso nacional
11.2. Producto e ingreso nacional
11.2.1. Métodos para su cálculo
11,3 las actividades del estado y el ingreso nacional
11.4. Dificultades en el cálculo del ingreso nacional
11.4.1. Causas de variación
11.5 Hechos fundamentales en la distribución de la riqueza
11.6. La participación de los trabajadores En las utilidades de la empresa
DECIMO SEGUNDA TEMA
12.- LA DISTRIBUCION O REPARTO DEL INGRESO
12.1. Ideas de distribución
12.2. El salario. Valor del trabajo
12.3 La intervención de los sindicatos
12,4 La eficacia en el trabajo
12.5 La renta...valor de la naturaleza
12.6. La propiedad y sus formas de adquisición
12.7. Objetos materiales de propiedad
12.8. Sujetos propietarios
12.9. Propietarios de finas rurales
12.10. El interés. Valor del capital
12.11. El préstamo con interés
12.12. El provecho. Valor de la organización
12.13. Personalidad del empresario
12.13.1. Tipo de trabajo que realiza el empresario
12.14. La intervención del estado en el reparto
12.15. Ingresos del estado…los impuestos
12.16. Finanzas públicas
DECIMO TERCER TEMA
13.- EL CONSUMO
13.1 importancia del consumo
13.2 el gasto
13.3 cooperativas del consumo
13.4 sociedades cooperativas de construcción
13.5 intervención del estado en materia de consumo
13.6. La asistencia pública y la asistencia privada
13.7. El ahorro
13.8. Formas de economizar
13.9. Condiciones de ahorro
BIBLIOGRAFIA
DOMINGUEZ VARGAS, SERGIO ¨´ TEORIA ECOCOMICA´EDITORIAL PORRUA S.A. MEXICO 2006

jueves, 1 de octubre de 2009

no hay calificaciones aun

son las 21-32HRS DE ESTE DIA JUEVES 1 DE OCTUBRE Y EL LICIENCIADO CHAGOYA AUN NO ME HA ENVIADO LAS CALIFICACIONES

RECOMENDACION ---A ESTUDIAR TODOS !!!!!!!!!

ESPEREMOS QUE EL EXAMEN SEA SENCILLO

EN CUANTO ME LAS ENVIE ..LAS PUBLICARE EN ESTE MEDIO Y LAS ENVIARE A SUS MAILS

domingo, 27 de septiembre de 2009

derecho romano

clase completa de mas de una hora sobre derecho romano

http://www.youtube.com/watch?v=FNm_6MIAmdU

miércoles, 23 de septiembre de 2009

preguntas examen de derecho civil

¿ES AQUELLA PARTE DEL DERECHO CIVIL QUE REGULA LA CONSTITUCION DEL ORGANISMO FAMILIAR Y LAS RELACIONES ENTRE SUS MIEMBROS?
R- DERECHO DE FAMILIA
¿ES EL DERECHO QUE A LA FAMILIA TOCA DESENVOLVER EN LA VIDA?
R- DERECHO DE FAMILIA EN SENTIDO SUBJETIVO
¿ES EL CONJUNTO DE REGLAS QUE PRESIDE LA CONSTITUCION, EXISTENCIA Y DISOLUCION DE LA FAMILIA?
R- DERECHO DE FAMILIA EN SENTIDO OBJETIVO
¿ES LO QUE EL ESTADO DEBE FOMENTAR Y PROTEGER COMO UNA INSTITUCION DE INTERES PUBLICO?
R-PATRIMONIO FAMILIAR
¿AUTOR QUE AFIRMA QUE EXISTE UNA AFINIDAD INDUDABLE ENTRE EL DERECHO PUBLICO Y EL DERECHO FAMILIAR, FUNDADA SOBRE UNA ANALOGA ESTRUCTURA DE LAS RESPECTIVAS RELACIONES JURIDICAS?
R-CICU
¿EN EL DERECHO DE FAMILIA LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN SON?
R- LAS PERSONAS FISICAS
¿ES EL CONJUNTO DE DISPOSICIONES JURIDICAS QUE ORGANIZAN Y ESTRUCTURAN A LA FAMILIA?
R- DERECHOS Y OBLIGACIONES
¿EL PARENTESCO, MATRIMONIO, CONCUBINATO, LA CONCEPCION DEL SER, EL NACIMINETO, LA EMANCIPACION, MAYORIA DE EDAD SON?
R- SUPUESTOS DEL DERECHO DE FAMILIA
¿SON LOS QUE PRINCIPALMENTE ORGANIZA EL DERECHO OBJETIVO DE FAMILIA, TANTO EN LAS RELACIONES CONYUGALES COMO EN LAS QUE NACEN DEL PARENTESCO, LA PATRIA PROTESTAD O LA TUTELA ?
R.- LOS DERECHOS FAMILIARES DE INTERES PUBLICO
¿QUE ES LO QUE EL CODIGO CIVIL ESTATUYE EN EL ARTICULO 2948 QUE NO SE PUEDE INTRANSIGIR EN EL DERECHO DE FAMILIA ?
R.- ESTADO CIVIL Y LA VALIDEZ DEL MATRIMONIO
¿LA NATURALEZA JURIDICA DEL DERECHO DE LA FAMILIA ES ?
R.- DERECHO PRIVADO
¿SON AQUELLAS VINCULACIONES DE CONDUCTA QUE SE CONSTITUYEN POR EL PARENTESCO, EL MATRIMONIO, EL CONCUBINATO, EL DIVORCIO, LA PATRIA PROTESTAD O LA TUTELA?
R- LAS RELACIONES JURIDICAS DEL DERECHO FAMILIAR
¿SON LOS CONCEPTOS JURIDICOS DEL DERECHO DE FAMILIA
_________________,____________________, _______________
_________________ Y _________________
R.-CONSECUENCIAS, RELACIONES, SUPUESTOS,SUJETOS Y OBJETOS
• 14.-¿EN EL DERECHO MODERNO MODERNO LA FAMILIA EN SENTIDO ESTRICTO COMPRENDE?
R.- SOLO PADRES E HIJOS
¿CUÁNDO HAY AUSENCIA DE UNA PERSONA Y DE SU REPRESENTATE LEGAL, A QUIEN SE NOMBRA PARA ASEGURAR SUS BIENES ?
R- SE NOMBRA A UN DEPOSITARIO
¿QUIÉN NOMBRA AL DEPOSITARIO DE BIENES EN CASO DE AUSENCIA?
R- EL JUEZ
¿EL NOMBRAMIENTO DE UN DEPOSITARIO DE BIENES ES PUBLICADO EN?
R- EN LOS PRINCIPALES PERIODICOS DEL ULTIMO DOMICILIO DEL AUSENTE
¿A QUIEN SE LE REMITE COPIA DE LOS EDICTOS PUBLICADOS?
R- A LOS CONSULES MEXICANOS, DEL EXTRANJERO EN QUE SE PUEDA PRESUMIER SE ENCUENTRA EL AUSENTE
¿SI EL AUSENTE TIENE HIJOS MENORES QUE ESTE BAJO SU PATRIA PROTESTAD Y NO TENGAN UN TUTOR ASIGNADO QUIEN LO SOLICITA?
R- MINISTERIO PUBLICO
¿A QUIEN SE LE NOMBRARA DEPOSITARIO DE LOS BIENES?
R- 1.- AL CONYUGE DEL AUSENTE
2.- A UNO DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD
3.- A LA ASCENDIENTE MAS PROXIMO
¿ A FALTA DE CONYUGE, DESCENDIENTES Y ASCENDIENTES A QUIEN SE NOMBRARA DEPOSITARIO DE LOS BIENES ?
R- HEREDERO PRESUNTIVO
¿ QUIENES NO PUEDEN SER REPRESENTANTES DE UN AUSENTE?
R- LOS QUE NO PUEDAN SER TUTORES
¿ CUANDO ACABA EL CARGO DEL REPRESENTANTE?
R- 1.- CON EL REGRESO DEL AUSENTE
2.-CON LA PRESENTACION DEL APODERADO LEGITIMO
3.- CON LA MUERTE DEL AUSENTE
4.- CON LA POSESION PROVICIONAL
¿CADA CUANTO SE PUBLICARAN NUEVOS EDICTOS, LLAMANDO AL AUSENTE ?
R- CADA 2 AÑOS
¿ QUE SE CONSTARA EN CADA UNO DE LOS EDICTOS EN LOS QUE SE LLAMA AL AUSENTE?
R- EL NOMBRE Y EL DOMICILIO DEL REPRESENTANTE Y EL TIEMPO QUE FALTA PARA QUE SE CUMPLA EL PLAZO (art 599-600)
¿ CUALES SON LAS OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE DEL AUSENTE?
R- PROMOVER LA PUBLICACION DE LOS EDICTOS
¿ CUANDO SE DA LA DECLARACION DE AUSENCIA?
R-PASADOS DOS AÑOS DESDE EL DIA EN QUE HAYA SIDO NOMBRADO EL REPRESENTANTE
¿QUIENES PUEDEN PEDIR LA DECLARACION DE AUSENCIA?
I- LOS PRESUNTOS HEREDEROS LEGITIMOS DEL AUSENTE
II- LOS HEREDEDOR INSTITUIDOS EN TESTAMENTO ABIERTO
III- LOS LOS QUE TENGAN ALGUN DERECHO U OBLIGACION QUE DEPENDA DE LA VIDA, MUERTE O PRESENCIA DEL AUSENTE
IV- MINISTERIO PUBLICO
¿EN QUE AFECTA A LA SOCIEDAD CONYUGAL LA DECLARACION DE AUSENCIA ?
R- SE INTERRUMPE LA DISOLUCION DEL MISMO
¿ CUANDO SE DA LA PRESENCION DE MUERTE?
R- CUANDO HAYN TRANSCURRIDO 3 AÑOS DE LA DECLARACION DE AUSENCIA


¿ DA UN CONCEPTO DE PATRIA PROTESTAD?
R- ES UNA INSTITUCION QUE CENTRA SU OBJETIVO EN LA ASISTENCIA, CUIDADO Y LA PROTECCION DE LOS MENORES DE EDAD NO EMANCIPADOS. SU FUENTE PUEDE SER POR VIA PROTECCIONAL, POR EFECTO DE LA VOLUNTAD, EN EL CASO DE LA ADOPCION
¿MENCIONA LOS EFECTOS QUE LA PATRIA PROTESTAD SOBRE LA PERSONA?
R- GUARDA, CUSTODIA, EDUCACION , CORRECCION Y REPRESENTACION
¿MENCIONA LOS EFECTOS DE LA PATRIA PROTESTAD SOBRE LOS BIENES?
R- BIENES QUE ADQUIEREN POR SU TRABAJO
BIENES QUE ADQUIERE A OTRO TITULO
¿ CUAL ES LA IDEA FUNDAMENTAL QUE PRESIDE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION EN MATERIA DE PATRIA PROTESTAD?
R.- LA CONSERVACION DE LOS BIENES QUE FORMAN PARTE DEL MENOR
¿BAJO QUE SITUACION LOS QUE EJERCEN LA PATRIA PROTESTAD PUEDEN GRAVAR LOS BIENES INMUEBLES QUE CORRESPONDEN AL HIJO?
R- BAJO SITUACIONES DE ABSOLUTA NECESIDAD O DE EVIDENTE BENEFICION Y PREVIA AUTORIZACION DEL JUEZ COMPETENTE
¿MENCIONE AQUELLAS ACCIONES QUE EL QUE EJERCE LA PATRIA PROTESTAD NO PUEDA REALIZAR CON LOS BIENES INMUEBLESQUE CORRESPONDAN AL HIJO?
R- -CELEBRAR CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR MAS DE 3 AÑOS,
-RECIBIR LA RENTA POR ADELANTADO POR MAS DE 2 AÑOS
- VENDER VALORES COMENCIONALES , INDUSTRIALES, TITULOS DE
RENTA, ACCIONES, FRUTOS Y GANADOS POR MENOR VALOR QUE SE
COTIZE EN LA PLAZA EL DIA DE LA VENTA
-HACER DONACION DE LOS BIENES DE LOS HIJOS
-HACER REMISION VOLUNTARIA DE LOS DERECHOS DE LOS HIJOS

¿DE ACUERDO CON EL ARTICULO 372 DEL CODIGO CIVIL LA PATRIA PROTESTAD TERMINA CON?
R- LA MUERTE DE QUIEN LA EJERCE CON LA EMANCIPACION Y PÑOR LA MAYORIA DE EDAD DEL HIJO
¿EN QUE ARTICULO DEL CODIGO CIVIL DE VERACRUZ SE MENCIONA LAS CAUSAS POR LAS CUALES SE PIEDE LA PATRIA PROTESTAD?
R- ARTICULO 373
¿SOLN LAS CAUSAS POR LAS CUALES DE ACUERDO AL ARTICULO 376 DEL CODIGO CIVIL DE VERACRUZ QUEDA SUSPENDIDA LA PATRIA PROTESTAD?
R– POR INCAPACIDAD DECLARADA JUDICIALMENTE
POR LA AUSENCIA DECLARADA EN FORMAN
POR SENTENCIA CONDENATORIA QUE IMPONGA COMO PENA ESTA
SUSPENCION
¿ EN QUE MOMENTO QUE LIMITADA LA PATRIA PROTESTAD Y EN QUE ARTICULO DEL CODIGO CIVIL SE MENCIONA ?
R- CUANDO QUIEN LA EJERCE INCURRA EN ALGUNA CONDUCTA DE VIOLENCIA FAMILIAR EN CONTRA DE LAS PERSONAS SOBRE LAS CUALES SE EJERCA Y SE MENCIONA EN EL ARTICULO 373
¿ CUAL ES EL OBJETO DE LA TUTELA?
R.- ES LA GUARDA DE LA PERSONA Y SUS BIENES NO SUJETOS A PATRIA PROTESTAD. SI LA PERSONA TIENE INCAPACIDAD NATURAL Y LEGAL O SOLAMENTE LA SEGUNDA PARA GOBERNARSE POR SI MISMOS

¿MENCIONE QUIENES TIENEN INCAPACIDAD NATURAL Y LEGAL PARA GOBERNARSE POR SI MISMOS ?
R- LOS MENORES DE EDAD
LOS MAYORES DE EDAD PRIVADOS DE INTELIGENCIA
LOS SORDOMUDOS QUE NO SABEN LEER NI ESCRIBIR
LOS EBRIOS CONSDUETUDINARIOS
LOS QUE ACTUALMENTE HACE USO INMODERADO DE DROGAS ENERVANTES
¿MENCIONA LOS ORGANOS DE TUTELA QUE SE ENCUENTRAN EN LOS ARTICULOS 379 – 547 DEL CODIGO CIVIL DE VERACRUZ?
R- TUTOR
CURADOR
JUEZ
CONSEJO LOCAL DE TUTELAS
¿MENCIONA LAS CLASES DE TUTELAS QUE SE ENCUENTRAN INTEGRADOS EN LOS ARTICULOS 379-547 DEL CODIGO CIVIL DE VERACRUZ ?
R- TESTAMENTARIA
LEGITIMA
DATIVA

¿CUÁL ES LA FUNCION DE LA CURATELA SEGÚN EL ARTICULO 548-560?
R- ES LA INSTITUCION MEDIANTE LA CUAL SE INSTIOTUYE AL TUTOR UN VIGILANTE LLAMADO CURADOR PARA PROTEC CION PERMANENTE DEL PUPILO SIN PREJUICIO SIN QUE LLEGUE A SUSTITUIR A AQUELLA EN SUS FUNCIONES DEFENSIVAS CUANDO SE PRODUZCA OPOSICION DE INTERESAS ENTRE EL TUTOR Y EL PUPILO
¿ CUALES SON LOS CARACTERES DE LA CURANTELA ?
R- LA UNIDAD , VOLUNTARIO, REMUNERADO, PERSONAL


LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, DEFINE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR COMO UNA PATOLOGIA TANTO FISICA COMO PSICOLOGICA
¿MENCIONA ALGUNAS CARACTERISTICAS DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
R- INJURIAS, MALTRATOS, AMENAZAS, LESIONES FISICAS
¿Qué EFECTOS PRODUCE A LA VICTIMA LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
R- DISMINUCION DE LA AUTOESTIMA Y LESIONES FISICAS
¿SE ENTIENDE COMO EL USO DE LA FUERZA FISICA O MORAL DENTRO DE LA FAMILIA?
R- VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
¿CUÁL ES LA CONSECUENCIA DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR COMETIDA DE UNO DE LOS CONYUGES HACIA EL OTRO?
R- DIVORCIO
¿ES LA CONSECUENCIA QUE TRAE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DE UNO DE LOS CONYUGES O AMBOS HACIA LOS HIJSO DE AMBOS O ALGUNO DE ELLOS?
R- LIMITACION O ERRADICACION DE LA PATRIA PROTESTAD
SEGÚN EL ARTICULO 254 BIS LOS INTEGRANTES DE LA FAMILIA TIENEN DERECHO A QUE LOS DEMAS MIEMBROS RESPETEN SU INTEGRIDAD FISICA Y PSIQUICA
¿MENCIONE UN EJEMPLO DE VIOLENCIA FISICA?
R- CUANDO UN PADRE EN ESTADO DE EBRIEDAD GOLPEA A SU HIJO

¿MENCIONE UN EJEMPLO DE VIOLENCIA PSICOLOGICA?
R- CUANDO UN CONYUGE AGREDE VERBALMENTE AL OTRO
¿ATRAVEZ DE LOS AÑOS ES LA FIGURA A LA QUE MAS SE LE A AGRAVIADO ?
R- LA MUJER
¿ES LA INSTITUCION ENCARGADA DE REGULAR LOS ACTOS DE LA VIOLENCIOA EN LA FAMILIA ?
R- EL DIF

¿ RUPTURA DE UN VINCULO MATRIMONIAL ?
R- DIVORCIO
¿ CUANTOS Y CUALES SON LOS TIPOS DE DIVORCIO?
R- DOS –VOLUNTARIO Y NECESARIO
¿Qué DIVORCIO PROCEDE CUANMDO SON MAYORES DE EDAD, NO HAYAN CONCEBIDO HIJOS Y DE COMUN ACUERDO HUBIERA LIQUIDADO LA SOCIEDAD CONYUGAL?
R- ADMINISTRATIVO
¿Qué DIVORCIO DESTRUYE EL MATRIMONIO DEJANDO EN POSIBILIDAD DE CONTRAER OTRO?
R- VINCULAR
¿ QUE DIVORCIO PROCEDE ANTE EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA?
R- VOLUNTARIO JUDICIAL
¿Cómo PUEDE SER VALIDA LA DEMANDA DE ADULTERIO?
R- CUANDO HAY UNA PRUEBA DIRECTA
¿Qué TIPO DE CONYUGE TIENE QUE ESPERAR UN AÑO PARA CONTRAER MATRINMONIO NUEVAMENTE ?
R- CONYUGE INOCENTE
¿ QUE TIPO DE CONYUGE TIENE QUE ESPERAR DOS AÑOS PARA CONTRAER MATRIMONIO NUEVAMENTE ?
R- CONYUGE CULPABLE



¿ESTE REQUIERE QUE HAYA DOMICILIO CONYUGAL?
R.- ABANDONO DE HOGAR
¿ PUEDE PROCEDER CUANDO UNO DE LOS CONYUGES PADECE ENAJENACION MENTAL?
R.- EFECTO DE DIVORCIO
¿MENCIONA TRES CAUSAS DE DIVORCIO NECESARIO?
R.- ENFERMEDAD CRONICA, ADULTERIO, VIOLENCIA
¿EN QUE TIPO DE DIVORCIO EL REGISTRO CIVIL LLENA UNA SOLICITUD Y EN 15 DIAS SE REALIZA EL DIVORCIO?
R.- DIVORCIO ADMINISTRATIVO


¿Cómo SE EXTINGUE LA ACCION DE DIVORCIO?
R.- RECONCILIACION O MUERTE
¿HASTA CUANDO LOS CONSORTES DIVORCIADOS TIENE OBLIGACION DE CONTRIBUIR A LA SUBSISTENCIA Y EDUCACION DE LOS HIJOS?
R.- HASTA LA MAYORIA DE EDAD DE LOS HIJOS
¿Quién FIJA LA CUSTODIA DE LOS MENORES EN EL DIVORCIO DE LOS COYUGES?
R.- EL JUEZ
¿ COMO SE LLAMA AL VINCULO ENTRE EL PROGENITOR Y EL HIJO?
R.- FILIACION
¿VINCULO JURIDICO QUE SE CREA ENTRE EL HIJO CONCEBIDO EN MATRIMONIO Y SUS PADRES?
R.- FILIACION LEGITIMA
¿NOMBRE QUE SE LE DA AL HIJO CUANDO ES NACIDO FUERA DEL MATGRIMONIO?
R.- FILIACION NATURAL
¿ MENCIONA LAS FORMAS DE FILIACION NATURAL?
R.- SIMPLE, ADULTERINA E INCESTUOSA
¿NOMBRE QUE SE LA AL HIJO CUANDO LA MADRE ESTANDO UNIDA EN MATRIMONIO EL PADRE ES DISTINTO AL MARIDO?
R.- FILIACION NATURAL ADULTERINA
¿ FILIACION QUE CORRESPONDE A LOS HIJOS QUE HABIENDO SIDO CONCEBIDOS ANTES DEL MATRIMONIO DE SUS PADRES?
R- FILIACION LEGITIMADA
¿ FILIACION QUE CORRESPONDE AL HIJO QUE NACIO DENTRO DE ESOS 180 DIAS DE CELEBRADO EL MATRIMONIO?
R.- FILIACION LEGITIMADA POR MINISTERIO DE LEY
¿MENCIONA LOS ELEMENTOS DE LA MATERNIDAD?
R.- EL HECHO DEL PARTO
LA IDENTIFICACION DEL SER QUE SE DA A LUZ
EL QUE DESPUES PRETENDE SERLO
¿HECHO QUE NO PUEDE PROBARSE EN FORMA DIRECTA SI NO SOLO PRESUMIRSE ?
R.- PATERNIDAD
¿ ES EL MEDIO PARA PROBAR LA PATERNIDAD O MATERNIDAD FUERA DEL MATRIMONIO?
R.- RECONOCIMIENTO
¿ LA PROCREACION , LA CONCEPCION DEL SER, EL EMBARAZO Y NACIMIENTO SON?
R.- HECHOS JURIDICOS
¿ SU OBJETIVO ES DESTRUIR LA PRESUNCION DE LA PATERNIDAD DEL MARIDO RESPECTO A LOS HIJOS DE LA ESPOSA?
R.- DESCONOCIMIENTO
¿ ACTO JURIDICO POR MEDIO DEL CUAL UN INDIVIDUO POR VOLUNTAD ATIENDE EL INTERES SUPERIOR DE UN MENOR DE EDAD O UN INCAPACITADO CREANDO UN VINCULO DE FILIACION?
R.- ADOPCION
¿ MENCIONA LAS FORMAS DE ADOPCION ?
R.- ADOPCION SIMPLE Y ADOPCION PLENA


¿ CONSISTE EN COLOCAR SEMEN EN EL UTERO DE LA JMUJER SIN CONTACTO SEXUAL PUEDE SER HOMOLOGA O HETEROLOGA?
R.- INSEMINACION ARTIFICIAL
¿ QUE ES EL PATRIMONIO FAMILIAR ?
R.- SON LOS BIENES QUE QUEDAN AFECTOS A LA FAMILIA BENEFICIARIOA SIN QUE PASE A ELLOS LA PRÒPIEDAD
¿ CUALES SON LOS OBJETOS QUE CONSTITUYEN EL PATRIMONIO FAMILIAR?
R.- CASA –HABITACION
EQUIPO DE TRABAJO
DERECHOS PATRIMONIALES
¿Cuál ES EL VALOR MAXIMO DE LOS BIENES QUE CONSTITUYEN EL PATRIMINIO FAMILIAR?
R.- EL EQUIVALENTE HASTA POR 15 MIL DIAS DE SALARIO MINIMO
¿ QUIENES PUEDEN CONSTITUIR EL PATRIMONIO FAMILIAR ?
R.- CUALQUIER PERSONA QUE QUIERA CONSTITUIRLO PARA PROTEGER JURIDICA Y ECONOMICAMENTE A LA FAMILIA
¿ COMO SE CONSTITUYE EL PATRIMONIO FAMILIAR ?
R.- CON LOS BIENES DE LA PROPIEDAD DEL QUE LO CONSTITUYE Y CON LOS BIENES QUE EL GOBIERNO DEL ESTADO EXPROPIE DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES RELATIVAS
¿A QUE ESTA DESTINADO EL PATRIMONIO FAMILIAR ?
R.- A PROTEGER ECONOMICAMENTE A LA FAMILIA Y SOSTENER EL HOGAR
¿ CUALES SON LAS OBLIGACIONES QUE SE ADQUIEREN SOBRE EL PATRIMONIO FAMILIAR ?
R.- HABITAR LA CASA , CULTIVAR LA PARCELA , EJERCER EL OFICIO O EXPLOTAR EL PEQUEÑO NEGOCIO
¿ MENCIONA UNA DE LAS CAUSAS DE EXTINCION DEL PATRIMONIO FAMILIAR ?
R.- CUANDO LA FAMILIA DEJE DE HABITAR POIR UN AÑO LA CASA SIN JUSTIFICACION
¿A QUIEN COMPETE LA DECLARACION DE EXTINCION DEL PATRIMONIO FAMILIAR ?
R.- A UN JUEZ
¿ QUE SUCEDE SI LOS BIENES QUE CONSTITUYEN EL PATRIMONIO FAMILIAR FUERAN EXPROPIADOS POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA?
R.- EL PRECIO DEL IMPORTE DEL SEGURO SERA DEPOSITADO EN UNA INSTITUCION DE CREDITO
¿ CUANDO PIEDE DISMINUIRSE EL PATRIMONIO FAMILIAR ?
R.- CUANDO SE DEMUESTRE QUE SU DISMINUCION ES DE GRAN NECESIDAD O DE NOTORIA UTILIDAD PARA LA FAMILIA
- CUANDO EL PATRIMONIO FAMILIAR POR CAUSAS POSTERIORES A SU CONSTITUCION , HA REBASADO AN MAS DE UN CIENTO POR CIENTO EL VALOR MAXIMO QUE PUEDE TENER
¿ ES LA UNION DE UN SOLO HOMBRE Y DE UNA SOLA MUJER QUE CONVIVEN PARA REALIZAR LOS FINES ESCENCIALES DE LA FAMILIA COMO INSTITUCION SOCIAL Y CIVIL?
R.- MATRIMONIO
¿ SE PRESENTA COMO UNA MANIFESTACION LIBRE DE VOLUNTADES ENTRE HOMBRE Y MUJER QUIENES SE UNEN PARA CONSTITUIR UN ESTADO PERMANENTE DE VIDA Y PERPETUAR LA ESPECIE?
R.- MATRIMONIO CONSENSUAL
¿LOS TIPOS DE IMPEDIMENTO PARA EL MATRIMONIO SON?
R.- DIRIMENTES , IMPEDIENTES
¿ SON AQUELLOS EN QUE LA VIOLACION DE LA PROHIBICION PRODUCE LA NULIDAD O INEXISTENCIA DEL MATRIMONIO ?
R.- ÌMPEDIMENTOS DIRIMENTES
¿ SON LOS PACTOS QUE LOS ESPOSOS CELEBRAN PARA CONSTITUIR LA SOCIEDAD CONYUGAL O LA SEPARACION DE BIENES Y REGLAMENTAR LA ADMINISTRACION DE ESTOS EN UNO Y OTRO CASO ?
R.- CAPITULACIONES MATRIMONIALES
¿UNION DE HOMBRES Y MUJERES CELIBES (SOLTEROS O LIBRES DE MATRIMONIO) MAS O MENOS PROLONGADA Y PERMANENTE , QUE VIVEN BAJO UN MISMO TECHO COMO MARIDO Y MUJER DURANTE TRES AÑOS O MENOS SI HAN TENIDO HIJOS
R.- CONCUBINATO
¿ ES UN ACTO JURIDICO BILATERAL QUE SE CONSTITUYE CUANDO DOS PERSONAS FISICAS DE DIFERENTE O DEL MISMO SEXO, MAYORES DE EDAD Y CON CAPACIDAD JURIDICA PLENA, ESTABLECEN UN HOGAR COMUN , CON VOLUNTAD DE PERMANENCIA Y DE AYUDA MUTUA ?
R.- LA SOCIEDAD DE CONVIVENCIA
¿SON LOS EFECTOS DE LA SOCIEDAD DE CONVIVENCIA ?
R.- ALIMENTACION, DERECHOS SUCESORIOS, TUTELA
¿ RECIBIR RECIPROCAMENTE EN LAS SUCESIONES , RECIBIR ALIMENTOS , RECIBIR ALIMENTOS A FAVOR DE LOS HIJOS ., EXIGIR ALIMENTOS EN VIDA , PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR ?
R.- SON LOS EFECTOS DEL CONCUBINATO
¿ MENCIONE LOS FUENTES PRINCIPALES DEL DERECHO FAMILIAR?
R– 1).- PARENTESCO
2).- MATRIMONIO
3).- LA ADOPCION
¿ PARENTESCO QUE EXISTE ENTRE PERSONAS QUE DESCIENDEN DE UN MISMO PROGENITOR ?
R.- DE CONSENGUINIDAD
¿PARENTESCO QUE SE CONTRAE MEDIANTE EL MATRIMONIO, ENTRE EL VARON Y LOS PARIENTES DE LA MUJER , Y ENTRE LA MUJER Y LOS PARIENTES DEL VARON ?
R.- DE AFINIDAD
¿ PARENTESCO QUE NACE DE LA ADOPCION Y SOLO EXISTE ENTRE EL ADOPTANTE Y EL ADOPTADO?
R.- CIVIL
¿CUALES SON LAS DOS LINEAS DEL PARENTESCO CONSANGUINEO ?
R.- LINEA RECTA Y TRANSVERSAL
¿ ES EL NEXO JURIDICO QUE EXISTE ENTRE LOS DESCENDIENTES DE UN PROGENITOR COMUN , ENTRE UN CONYUGE Y LOS PARIENTES DE OTRO CONYUGE , ENTRE ADOPTANTE Y ADOPTADO?
R.- PARENTESCO
¿ CONSTITUYEN UNA DE LAS CONSECUENCIAS PRINCIPALES DEL PARENTESCO Y ABARCA– LA COMIDA, EL VESTIDO, LA HABITACION Y LA ASISTENCIA EN CASO DE ENFERMEDAD ?
R.- LOS ALIMENTOS
¿DE QUE MANERA SE PUEDE HACER CUMPLIR LA OBLIGACION DE LOS ALIMENTOS ?
R.- OTORGAR UNA PENSION ALIMENTICIA E INCORPORAR AL ACREEDOR A LA CASA DEL DEUDOR
¿ SE COMPONE DE LA SERIE DE GRADOS ENTRE PERSONAS QUE SIN DESCENDER UNAS DE OTRAS , PROCEDEN DE UN MISMO PROGENITOR O TRONCO COMUN?
R.- LINEA TRANSVERSAL
¿ SE COMPONE DE LA SERIE DE GRADOS ENTRE PERSONAS QUE DESCIENDEN UNOS DE OTROS , LA MISMA LINEA ES ASCENDENTE Y DESCENDENTE?
R.- LINEA RECTA
¿CUÁLES SON LAS FORMAS DE ASEGURAMIENTO Y ALIMENTO ?
R.- HIPOTECA, PRENDA , FIANZA O DEPOSITO DE CANTIDAD SUFICIENTE PARA CUBRIR LOS ALIMENTOS

domingo, 13 de septiembre de 2009

http://www.youtube.com/watch?v=QEllLECo4OM


  Carl Off . Carmina Burana   completo ... que lo disfruten !!!!!!!!!!!!!

martes, 8 de septiembre de 2009

¿cuales son los pasos en el proceso legislativo en el derecho mexicano?

El Proceso Legislativo




El proceso legislativo federal se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.



Lo que a continuación viene es el proceso con todas sus etapas desde su inicio hasta el diario oficial de la federación.



El proceso de elaboración de las leyes federales es el conjunto de etapas sistematizadas y ordenadas por la ley fundamental mexicana, que deberán ser observadas por los Poderes Legislativos y Ejecutivo para incorporar al sistema jurídico aquellas normas jurídicas de aplicación general y obligatoria conocida como leyes.



Este proceso formaliza y distingue al dotar de juridicidad, aquellas normas que oficialmente se conocerán y reconocerán como leyes del sistema de Derecho en México. El proceso de estas normas se constituye por otras cuyo objetivo es la producción jurídica, a estas se identifican como normas sobre la producción jurídica.



Las normas sobre la producción jurídica están reflejadas en los artículos 71 y 72 constitucionales. Este proceso consta de seis etapas. Para que una ley sea considerada como tal se requiere el cumplimiento de formalidades exigidas en un proceso legislativo.



Las formalidades generales también llamadas etapas son:



Iniciativa,






Discusión,






Aprobación,






Sanción,






Publicación






Iniciación de la vigencia.



A contrario sensu, que si el proceso legislativo no se cumple en las etapas generales o en las formalidades particulares el producto obtenido no tiene carácter de ley.



1. Iniciativa



Constitución Federal:
Articulo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos le compete:
El Presidente de la República, los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados ejercen su facultad de poner a consideración del Congreso un proyecto de ley.

Cuando el proyecto provenga del ejecutivo o alguna legislatura se turna a una comisión de la cámara respectiva, donde el proyecto adquirirá la forma definitiva en que se presentara para ser debatido.



Comisión o comisiones:
Desarrollan las siguientes actividades:
- Reunión de Trabajo para distribuir la iniciativa entre sus miembros y explicarla.
- Elaboración del programa de Trabajo.
- Recopilación de información especializada respecto a la iniciativa.
- Análisis de la información y antecedentes legales de la materia.
- Celebración de reuniones de Trabajo con representantes de órganos de gobierno y entidades publicas vinculados con la iniciativa.
- Reuniones de Trabajo con especialistas y representantes de los grupos sociales interesados en la misma.
- Celebración de Conferencias con comisiones homologas de otra cámara.
- Integración de la Subcomisión de Redacción.
- Formulación del proyecto de Dictamen.
- Presentación y Exposición del dictamen a los miembros de la comisión explicando y justificando adecuaciones y modificaciones incorporadas.
- Análisis y discusión colegiada de la propuesta de dictamen en la Comisión o Comisiones conjuntas.
- Aprobación y firma del dictamen por la mayoría de los miembros de la comisión y presentación, en su caso, de voto o votos particulares por escrito de quienes disientan del parecer de la mayoría.

Dichas comisiones son grupos de trabajos creados sobre las materias en labor legislativa.
La Cámara ante la cual se inicia un proyecto de ley recibe el nombre de Cámara de origen, la que le sigue recibirá el de cámara Revisora. La Cámara de origen puede ser cualquiera, la de Diputados o Senadores, salvo que el proyecto respectivo se refiera a empréstitos, contribuciones, impuestos o reclutamiento de tropas. En estos casos la cámara de origen será siempre la de Diputados.



2. Discusión

La discusión del Proceso Legislativo donde los diputados y senadores realizan un ejercicio deliberativo sobre las distintas iniciativas de ley. La discusión se realiza con base a un debate parlamentario. En este los diputados o senadores hacen uso de la tribuna para exponer sus argumentos en pro o en contra de un proyecto de ley
Según el primer párrafo del Articulo 72. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.



3. Aprobación
Articulo 72. A) aprobado un proyecto en la cámara de su origen, pasara para su discusión a la otra. Si esta lo aprobare, se remitirá al Ejecutivo, quien si no tuviere observaciones que hacer, lo publicara inmediatamente.
Una ves que ha sido discutido le sigue la Aprobación. Esta etapa del proceso tiene por objeto la aceptación total o parcial del antedicho proyecto de ley. La aprobación deberá hacerse en la Cámara de origen y luego en la Revisora.



Aprobado por ambas Cámaras, el proyecto se remite al Ejecutivo para que lo sancione y publique.



4. Sanción

La sanción etapa en la que el Presidente de la República acepta o desecha un proyecto de ley. Según la constitución se reputa como sancionado aquel proyecto que no sea devuelto con observaciones a la Cámara de origen dentro de los siguientes diez días útiles, corriendo este termino hubiere el Congreso cerrado o suspendido sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse el primer día útil en que el Congreso este reunido.

La sanción puede ser total o parcial. El ejecutivo solo podrá rechazar un proyecto de ley en una ocasión. Si las Cámaras insisten el Ejecutivo deberá ordenar su publicación. Esta facultad que posee el Ejecutivo se le llama derecho de veto.



5. Promulgación, publicación
Promulgación: acto por el cual el Ejecutivo aprueba con su firma y autoridad que se han cumplido las formalidades anteriores, y ordena su publicación.

Publicación: medio idóneo para el conocimiento de la ley a quienes deban cumplirla.


Medio idóneo en la federación: Diario Oficial de la Federación
Medio idóneo Estatal: Periódico Oficial



La publicación acto formal por medio del cual las leyes aprobadas por el Poder Legislativo y sancionadas por el Ejecutivo son dadas a conocer por este, y de manera indubitable, a la población en general.



Para que esta publicación surta sus efectos legales deberá plasmarse en un periódico que el Estado posee llamado Diario Oficial de la Federación.



La publicación oficial que de la ley lleva a cabo el poder ejecutivo con las formalidades antes citadas recibe el nombre de promulgación. Esta implica la exigencia de su acatamiento y observancia por parte de los particulares y la autoridad.



La promulgación es la condición para que la ley sea aplicada y pueda hacerse efectivo el principio que señala: La ignorancia de las leyes no excluye a nadie de su cumplimiento.



6. Iniciación de Vigencia



La ultima etapa del proceso legislativo se denomina Iniciación de la vigencia. Es la determinación del momento especifico en que una ley comenzara a surtir sus efectos.

Entre la publicación y la entrada en vigor de toda ley debe mediar un espacio de tiempo, a efecto de que esta será efectivamente conocida por sus destinatarios. A este lapso se le conoce como Vocatio Legis.



Existen dos sistemas para que la ley inicie su vigencia el sucesivo y el sincrónico.

El sucesivo ordena que la ley entrara en vigor, para los lugares donde se publica el diario oficial, tres días después de su promulgación. En los lugares distintos se conceden otros días en función de la distancia. A los tres primeros días uno mas por cada cuarenta kilómetros o fracción que exceda de la mitad.



El sistema sincrónico establece que la ley entrara en vigor, en todas partes, el día preciso que la propia ley fije, siempre y cuando su publicación haya sido anterior.



La jerarquía de las leyes en el sistema jurídico mexicano.



El sistema de derecho mexicano es escrito y que la estructura política del país gira en torno a una Federación, constituida por entidades libres y soberanas.



Existen dos niveles muy claros de legislación, la federal y la local o estatal; la ley de mayor jerarquía es la Constitución Federal, a la cual no podrá contravenir las constituciones de los Estados ni ley alguna.



La Constitución Federal prescribe en su articulo 133 cuál es el orden jerárquico de las leyes en México.



“Esta constitución, las leyes las leyes del congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglaran a dicha constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.”



En el escalón superior se encuentra la Constitución Federal y en el intermedio inferior, las leyes federales y los tratados internacionales. Estas normas se encuentran por encima de las Constituciones y leyes locales.



La legislación vigente en cada uno de los Estados que forman la Federación se estructura, en orden de importancia jerárquica, de este modo: Constitución local, leyes ordinarias, leyes reglamentarias, leyes municipales, normas jurídicas individualizadas.



La legislación del Distrito Federal y zonas Federales lo hace de esta forma: leyes ordinarias, leyes reglamentarias y normas jurídicas individualizadas.



Según el articulo 133 son Ley Suprema de toda la Unión los tratados internacionales celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado y que estén de acuerdo con la Constitución.



Los tratados internacionales requieren al Derecho vigente de los piases, un doble proceso. El primero regido por el Derecho y costumbre internacionales y el segundo regido por el Derecho positivo de cada Estado.

preguntas unidad II

¿que es una fuente  del derecho?

clasificacion de las Normas Juridicas

CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS




PRINCIPALES CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN

Agruparemos las normas del derecho en:

1. Desde el punto de vista del sistema a que pertenece

2. Desde el punto de vista de su fuente

3. Su ámbito espacial de validez

4. Ámbito temporal de validez

5. Ámbito material de validez

6. Ámbito personal de validez

7. Desde el punto de vista de su jerarquía.

8. Des sus sanciones

9. De su cualidad

10. De sus relaciones de complementación

11. De sus relaciones con la voluntad de los particulares



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL SISTEMA AL QUE PERTENECEN

Desde el punto de vista de la pertenencia o no pertenencia a un ordenamiento cualquiera, los preceptos de derecho se dividen en nacionales y extranjeros. Pero puede ocurrir que dos o más estado adopten ciertas normas comunes, destinadas a la regulación de determinadas situaciones jurídicas. A esas normas se les da entonces la denominación de derecho uniforme.



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU FUENTE

A los creados por órganos especiales, a través de un proceso regulado formalmente, se les da el nombre de leyes o normas de derecho escrito; a los que derivan de la costumbre se les denomina de derecho consuetudinario o no escrito; a los que provienen de la actividad de determinados tribunales se les llama derecho jurisprudencial



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU ÁMBITO ESPACIAL DE VALIDEZ

Existen tres categorías: federales, locales y municipales. Las federales son aplicadas en toda la República; las locales en las partes integrantes de la federación y del territorio nacional; las municipales en la circunscripción territorial del municipio libre.



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU ÁMBITO TEMPORAL

Se clasifican en: vigencia determinada (cuyo ámbito temporal de validez formal se encuentra establecido de antemano); vigencia indeterminada (aquellas cuyo lapso de vigencia no se ha fijado desde un principio).



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU ÁMBITO MATERIAL DE VALIDEZ

Desde este punto de vista, los preceptos jurídicos se agrupan en reglas de derecho público (Se dividen en constitucionales, administrativas, penales, procesales e internacionales) y de derecho privado (en civiles y mercantiles)



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU ÁMBITO PERSONAL DE VALIDEZ

Se dividen en genéricas e individualizadas. Se llaman genéricas las que obligan o facultan a todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto sujeto de la disposición normativa; reciben el nombre de individualizadas las que obligan o facultan a uno o varios miembros de la misma clase, individualmente determinados.



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU JERARQUÍA

EL orden jerárquico normativo de cada sistema de derecho se compone de los siguientes grados:

1.- Normas constitucionales

2.- Normas ordinarias

3.- Normas reglamentarias

4.- Normas individualizadas

Ciertos autores dividen las leyes ordinarias en dos puntos: De organización (Suelen llamárseles orgánicas; su fin consiste en la organización de los poderes públicos, de acuerdo con las normas constitucionales) y de comportamiento (Tienen como finalidad regular la conducta de los particulares).



EL ORDEN JERÁRQUICO NORMATIVO EN EL DERECHO MEXICANO

El artículo 133 de la Constitución menciona que los jueces de cada estado se arreglarán a dicha constitución, Leyes, y Tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los Estados.

El precepto revela que los dos grados superiores de la jerarquía normativa están integrados, en nuestro derecho:

1.- Por la Constitución Federal

2.- Por las leyes federales y los tratados internacionales.



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU SANCIONES

Se clasifican en:

1.- Leyes perfectas: Son aquellas cuya sanción consiste en la inexistencia o nulidad de los actos que las vulneran. Se suele distinguir tres grados de invalidez: inexistencia, nulidad absoluta y nulidad relativa

2.- Leyes plus quam perfectas: La norma sancionadora impone al infractor un castigo y exige, además, una reparación pecuniaria.

3.- Leyes minus quam perfectas: Son aquellas cuya violación no impide que el acto violatorio produzca efectos jurídicos, pero hace al sujeto acreedor a un castigo

4.- Leyes imperfectas: Las que no se encuentran provistas de sanción.



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU CUALIDAD

Se dividen en positivas (las que permiten cierta conducta acción u omisión), y negativas (las que prohiben determinado comportamiento (acción u omisión)



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SUS RELACIONES DE COMPLEMENTACIÓN

Se clasifican en secundarias y primarias. Las secundarias son cuando una regla de derecho complementa a otra. Las primarias son las complementadas.

Son secundarias:

- Las de iniciación, duración y extinción de la vigencia: Las de iniciación son las que indican en qué fecha entrará en vigor una disposición legal determinada. Estas normas suelen encontrarse contenidas en los llamados artículos transitorios. Las de extinción de vigencia pueden abolir todo un conjunto de leyes, caso en el cual se llaman abrogatorias, o solamente algunas de las disposiciones de un ordenamiento legal, y entonces reciben la denominación de preceptos derogatorios

- Las declarativas o explicativas: Es la acepción en que el legislador toma los tecnicismos de que se vale suele explicarse en nuevas normas.

- Las permisivas tienen carácter secundario cuando establecen excepciones en relación con otras normas.

- Las interpretativas de un precepto legal puede ser hecha por el legislador mismo, en una nueva ley (interpretación auténtica o legislativa).

- Las sancionadas. El supuesto jurídico de éstas es la inobservancia de los deberes impuestos por la disposición sancionada.



CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU RELACIÓN CON LA VOLUNTAD DE LOS PARTICULARES

Son taxativas aquellas que obligan en todo caso a los particulares, independientemente de su voluntad. Llámense dispositivas las que pueden dejar de aplicarse, por voluntad expresa de las partes a una situación jurídica concreta.

lunes, 7 de septiembre de 2009

clasificacion de las normas juridicas--unidad II

cuestionario de la unidad I introduccion al derecho

¿Cuáles son las normas en amplio y estricto?

Latu Sensu aplíquese a toda regla de comportamiento obligatoria o no.
Stricto Sensu corresponde a la que impone deberes o confieres derechos. Las reglas prácticas cuyo cumplimiento es potestativo se llaman reglas técnicas. A las que tiene carácter obligatorio o son atributivas de facultades les damos el nombre de normas. Éstas imponen deberes o conceden derechos.

Menciones las Características de la norma en sentido estricto ?

Bilateral, Coercibles, Externa y Heterónoma
unilateralidad de la moral y bilateralidad del derecho
la diferencia esencial entre normas morales y preceptos jurídicos estriba en que las primeras son unilateriales y los segundo bilaterales. la unilateralidad de las reglas éticas se hace consistir en que frente al sujeto a quien obligan no hay otra persona autorizada para exigirle el cumplimiento de sus deberes. las normas jurídicas son bilaterales porque imponen deberes correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones. frente al jurídicamente obligado encontramos siempre a otra persona, facultada para reclamarle la observancia de los prescrito.

UNIDAD I DE INTRODUCCION AL DERECHO

Las normas engendran un mundo de objetos. Entre ellos descuellan objetos ideales y las materializaciones.




Las normas emplean un gran número de conceptos. Estos conceptos funcionan como categorías constitutivs de su captación, o sea, su empleo es necesario para comprender con exactitud la manera de ser y el funcionamiento del orden de repartos.



Pero las normas dan lugar también a creaciones materiales a cuyo efecto transforman entees reales en entes jurídicos. Estas materializaciones son personales o reales. En el priemr aspecto las normas dan lugar a diferentes tipos humanos dedicados a su funcionamiento. En el segundo aspecto, las normas producen cosas y organismos especialmente dedicados al servicio jurídico.



El estudio del Derecho implica también una especializacion del mismo. Los Estudiantes de Derecho y los actuantes del mismo (Legisladores, Juristas, Jueces, El Estado, La Sociedad Civil) deben conocer las clases y tipos de derechos de los cuales son susceptibles. Cada rama del saber tiene una corelacion con el Derecho y esto a su vez es objeto de estudio .

NORMA



La palabra norma suele usarse en dos sentidos: uno amplio y otro estricto: lato sensu aplícase a toda regla de comportamiento, obligatoria o no; stricto sensu corresponde a la que impone deberes o confiere de regla técnicas. A las que tienen carácter obligatorio o son distributivas de facultades les damos el nombre de normas. Éstas imponen deberes o conceden derechos, mientras los juicios enunciativos se refieren siempre como su denominación lo indica, a lo que es.
Las reglas prácticas de cumplimiento potestativo prescriben determinados medios, con vista a la realización de ciertos fines. Si digo, por ejemplo, que para ir de un punto a otro por el camino más corto es necesario seguir la línea recta, formularé una regla técnica. Si afimo “deberes honrar a tus padres”, expresaré una norma.



Los juicios enunciativos divídense en verdaderos y falsos. En relación con las normas no se habla de verdad o falsedad, sino de validez o invalidez.
Las verdades expresadas por aquéllos pueden ser contingentes o necesarias. Vérites de fait llamaba Leibniz a las primeras.

CONCEPTO DE LEY NATURAL

La leyes naturales son juicios enunciativos cuyo fin estriba en mostrar las relaciones indefectibles que en la naturaleza existen. Por tanto, ley natural es un juicio que expresa relaciones constantes entre fenómenos.

NORMAS DE CONDUCTA Y LEYES NATURALES



Con el propósito de precisar estos conceptos emprendemos un estudio paralelo de los mimos. Entre las leyes físicas y las normas de conducta existen las siguientes diferencias:
A) La finalidad de la ley natural es la explicación de relaciones constantes entre fenómenos; el fin de las normas, provocar un comportamiento. Los principios científicos tienen un fin teórico; el de los juicios normativos es de orden práctico.
Las leyes de la naturaleza no deben ser confundidas con las relaciones que expresan. No son enlaces entre hechos, sino fórmulas destinadas a explicarlos. La gravitación universal, por ejemplo, es una realidad; la ley de Newton, su expresión científica.
B) Las leyes naturales implican la existencia de relaciones necesarias entre los fenómenos. El supuesto filosófico de toda norma exigen una conducta que en todo caso debe ser observada, pero, que, de hecho, puede no llegar a realizarse. A diferencia de las leyes naturales, que expresan relaciones indefectibles, las normas no se cumplen de manera ineluctables. Esta característica no deriva de las normas mismas, sino de la índole de los sujetos a quienes se encuentran destinadas.
C) Una ley natural es válida cuando es verdadera, o sea, cuando las relaciones a que si enunciado se refiere ocurran realmente, en la misma forma que éste indica. Para que las leyes físicas tengan validez es indispensable que los hechos las confirmen. Tal corroboración ha de ser total e indefectible, no parcial ni esporádica. Una sola excepción puede destruir un principio científico. Este aserto es corolario de la tesis anteriormente examinada.
CONCEPTO DEL DEBER. Hemos definido los juicios normativos como reglas de conducta que imponen deberes o conceden derechos. Ahora bien: todo deber es deber de alguien. O, expresado en otra forma: los impuestos por un imperativo son siempre deberes de un sujeto. Éste recibe el nombre de obligado. Obligado es, pues, la persona que debe realizar la conducta ordenada por el precepto.
En lo que a los preceptos jurídicos atañe, la independencia entre validez y efectividad no puede afirmarse de manera tan absoluta, al menos desde el punto de vista del poder público. De acuerdo con el criterio oficial, un precepto dotado de vigencia, es decir, formalmente válido, conserva su validez aun cuando no sea cumplido; pero la fuerza obligatoria que el Estado atribuye sólo puede subsistir, y sólo es afirmada, mientras el sistema a que la norma pertenece mantiene su eficacia.







TEORÍA KANTIANA DE LOS IMPERATIVOS.



Los juicios que postulan deberes divídense en categóricos e hipotéticos. Los primeros ordenan sin condición; los segundos, condicionalmente. Esta dicotomía encuentra su antecedente en la moral kantiana. Los categóricos pueden ser positivos o negativos, es decir, mandatos o prohibiciones. La fórmula de los primeros es: A debe ser; la de los segundos: A no debe ser. Ejemplos: debes honrar a tus padres, no debes ser hipócrita, etc.
La de los hipotéticos exprésase en términos: “si quieres alcanzar tal o cual fin, debes emplear estos o aquellos medios”.
EL pensador alemán distingue dos clases de imperativos hipotéticos: los principio de la habilidad, o reglas técnicas y los consejos de la sagacidad o imperativos pregmáticos.



Procedimientos de elaboración de normas:



En caso de carencia de normas, hay que elaborar una normajusta para enfrentar el caso a resolver. Si esta elaboración incumbe al mismo legislador por tratarse de un orden normativo no se plantea ningún problema especial. En caso contrario hay que distinguir entre auto y heterointegración.







LA APLICACIÓN DE LA NORMA:



El funcionamiento de la norma culmina en su aplicación al caso concreto. Esto quiere decir que cualuqiera de las fases del funcionamiento tiene por fin remoto el caso concreto; pero que sólo la aplicación se vincula necesariamente a él.



La aplicación de la norma consiste en la solución del caso en virtud de la norma.



La aplicación de la norma se lleva a cabo encuadrando el caso real en el tipo legal y en la consecuencia jurídica de la norma y actualizando luego esta última. Es decir, que la aplicación supone un doble encuadramiento y una única actualización.







UNILATERALIDAD DE LA MORAL Y BILATERALIDAD DEL DERECHO



La diferencia esencial entre normas morales y preceptos jurídicos estriba en que las primeras son unilateriales y los segundo bilaterales. La unilateralidad de las reglas éticas se hace consistir en que frente al sujeto a quien obligan no hay otra persona autorizada para exigirle el cumplimiento de sus deberes. Las normas jurídicas son bilaterales porque imponen deberes correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones. Frente al jurídicamente obligado encontramos siempre a otra persona, facultada para reclamarle la observancia de los prescrito.







COERCIBILIDAD E INCOERCIBILIDAD



A la incoercibilidad de la moral suele oponerse a coercibilidad del derecho. Los deberes morales son incoercibles. Esto significa que su cumplimiento ha de efectuarse de manera espontánea. Puede ocurrir que alguien realice, sin su voluntad, ciertos actos ordenados o prohibidos por una norma. En tal hipótesis, lo que haga carecerá de significado ética. Si el acto es obligatorio no tendrá el sujeto ningún mérito; si aquél se encuentra vedado, resultará imposible declarar responsable a éste. Lo que el individuo ocasiona, movido por una fuerza extraña, no constituye un proceder. No es conducta, sino hecho. De conducta sólo cabe hablar tratándose de actos imputables al hombre, es decir, de actitudes que exterioricen sus intenciones y propósitos.







AUTONOMIA Y HETERONOMIA .



Otra de las doctrinas de Kant que ha sido aplicada a la cuestión que nos ocupa, es la de autonomía de la voluntad. Toda conducta moralmente valiosa debe representar cumplimiento de una máxima que el sujeto se ha dado a su mismo. Cuando la persona obra de acuerdo con un precepto que no deriva de su albedrío sino de una voluntad extraña, su procede es heterónomo, y carece, por consiguiente, de mérito moral.



En el ámbito de la legislación autónoma legislador y obligado se confunden. El autor de la regla es el mismo sujeto que debe cumplirla. Autonomía quiere decir autolegislación, reconocimiento espontáneo de un imperativo creado por la propia conciencia. Heteronomía es sujeción a querer un ajeno, renuncia a la facultad de autodeterminación normativa. En la esfera de una legislación heterónoma el legislador y el destinatario son personas distintas; frente al autor de la ley hay un grupo de súbditos.







INTERIORIDAD Y EXTERIORIDAD



Numerosos autores pretenden distinguir moral y derecho oponiendo a la interioridad de la primera la exterioridad del segundo. Tal crtiterio encuentra su antecedente en una de las doctrinas morales de Kant. La teoría fue elaborada por el filósofo de Koeningberg al explicar el concepto de volutad pura. Posteriormente ha sido utilizada por los juristas para diferenciar las norma que hemos venido hablando.







CONCEPTO DE DERECHO



Etimologia :



La palabra Derecho viene vocablo del latin "Directum", el cual a su vez es proviene del adjetivo "Directus", que significa "Dirigir", "Conducir", preambulo que nos da una idea de "Direccion", "Rectitud", "Disciplina", "Conduccion".



Definicion :



El Derecho se puede definir por medio de dos formas :



Derechos y deberes:



La relación jurídica engendra entre los sujetos de Derecho, derechos y obligacines. El vocablo "ius" no significa en el Derecho Romano de ningún modo "derecho subjetivo", sino precisamente derechos y obligaciones como entes ideales creados por el ordenamiento normativo.



_Derechos subjetivos:



Los derechos producidos por la relación jurídica se denomina "derechos subjetivos" a diferencia del conjunto de normas que se apellida "derecho objetivo".



Acerca de la naturaleza jurídica de los derechos subjetivos se han mantenido diversas teorías.



Teoría voluntarista: Un sector doctrinal muy clásico y nutrido considera al derecho subjetivo como un poder de la voluntad, como una señoría del querer, concedida a la persona por el ordenamiento jurídico ( Savigny, Windscheid).

sábado, 5 de septiembre de 2009

clase vista el sabado 5 de sep 2009, introduccion al derecho

 Conceptos Básicos y Fines del Derecho




 ¿Qué es el Derecho?



Diferentes significados de la palabra derecho.



La palabra derecho proviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino". algunas definiciones de la palabra derecho son:



Derecho.- conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en sociedad.



Derecho.- sistema de normas principios e instituciones que rigen, de manera obligatoria, el actuar social del hombre para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común.



Derecho.- conjunto de normas bilaterales, heterónomas, coercibles y externas que tienen por objeto regular la conducta humana en su interferencia ínter subjetiva.



Derecho.- conjunto de normas jurídicas que se aplican exclusivamente a los hombres que viven dentro de una sociedad.



Breve Bosquejo de la Historia del Derecho.



Podemos decir que la historia del derecho es una disciplina cuyo objeto consiste en el conocimiento de los sistemas jurídicos. Al referirse a los derechos de épocas pretéritas, el historiador solo podrá, si quiere hacer historia considerar a estos en su unicidad e individualidad características, es decir, como productos culturales que han existido una vez y no habrán de repetirse nunca. La sociología jurídica puede también referirse a los ordenamientos jurídicos del pasado, pero cuando lo hace, aplica al estudio de los mismos un método completamente distinto, y no dirige su interés a lo que esos sistemas tienen de individual, sino a las causas y factores determinantes de su aparición o de sus cambios. "La historia del derecho nos pondrá de manifiesto los acontecimientos de producción y modificación del derecho en su propia individualidad real: ofrecerá la película de desenvolvimiento del derecho encajado en el resto de los hechos históricos. La sociología del derecho versará, no sobre la sucesión de acontecimientos singulares en un determinado proceso histórico, sino sobre la realidad social del derecho y sobre la disposición y el funcionamiento general de los factores que intervienen en su gestión y evolución".



Los Fines del Derecho


1.- La paz, armonía y el orden.
2.- Mantener la convivencia pacifica entre los hombres.
3.- Obtener la justicia y el bienestar general.
4.- El bien común.





 Hechos y Actos Jurídicos.



Acto Jurídico: Es una manifestación de voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho (crear, extinguir, modificar, derechos y obligaciones), las cuales son reconocidas por ordenamiento jurídico. En todo acto jurídico debe haber una declaración de voluntad encaminada a producir consecuencias de derecho, lo único que se requiere desde el punto de vista subjetivo es que la persona (sujeto) sea consciente de que por su declaración de voluntad y atención a la misma se van a producir por el derecho objetivo (conjunto de normas jurídicas) determinadas consecuencias, pero puede ignorar todas las que van a seguir a su declaración de voluntad, de tal forma que la ley operando sobre una declaración inicial, después admita una serie de efectos que el autor del acto, no pudo prever. P ej./ testamento, divorcio, adopción, etc.



Hecho Jurídico.- Son todos aquellos acontecimientos naturales o del el hombre que sin intervenir su voluntad para producir consecuencias de derecho se originan éstas. El acto y el hecho jurídicos constituyen las formas de realización de los supuestos de derecho, podemos decir que un supuesto nace cuando ocurren todos los upuestos en la conducta real de una persona o cosa.
En los hechos naturales siempre partimos de un fenómeno de la naturaleza relacionado o no con el hombre, p ej./ nacer, morir.
en los delitos existe la intención de dañar pero no de crear consecuencias jurídicas (cárcel) por eso no son actos jurídicos.



La Norma Jurídica

Norma: en sentido general es una regla de conducta obligatoria o no.
Distinción entre normas y leyes naturales.


a) En las leyes naturales encontramos la enumeración de principios científicos, las normas enuncian reglas de conducta.



b) Las leyes naturales regulan relaciones necesarias (siempre se cumple o realiza lo que la ley señala) y las normas relaciones contingentes (se puede cumplir o no cumplir)



c) Las leyes naturales no se les viola, se trata de principios que no admiten excepción; en cambio las normas pueden ser violadas.



d) En las leyes naturales no se postula ningún valor, solo nos dicen lo que ocurre en la naturaleza; por el contrario, la norma postula un valor o diversos valores.



Tipos de Normas.



Normas Religiosas.- son preceptos dictados por dios a los hombres, su violación está sancionada con el premio o castigo en la vida eterna. Su principal diferencia con la norma jurídica es la sanción que siempre se aplicará hasta después de la muerte.



Normas Morales.- conjunto de principios rectores internos de la conducta humana que indican cuales son las sanciones buenas o malas para hacerlas o evitarlas. La moral solo regula los actos internos, la causa psicológica que produce la conducta humana, su sanción se da con "el cargo de conciencia".



Normas de trato social.- conjunto de mandatos impuestos por el decoro, la colectividad o un determinado grupo, por ejemplo la caballerosidad, el bien hablar, la etiqueta, etc. su sanción será el rechazo o la aceptación del grupo.



Norma jurídica.- Regla de conducta sancionada por el Estado, que establece derechos y obligaciones recíprocos.



Norma jurídica.- Son aquellas disposiciones que el poder publico por medio de sus órganos legislativos señala como obligatorias a la obediencia general y en caso de inobservancia las hace cumplir de acuerdo a los órganos judiciales.



Norma jurídica.- conjunto de normas que una sociedad determinada se otorga, y son heterónomas, bilaterales, coercibles, y exteriores.



Características de la norma jurídica



Existen una serie de características que hacen diferentes a las normas jurídicas de cualquier otro tipo de normas, nos permiten distinguir unas de otras a continuación las analizaremos tomando como punto de referencia principalmente las normas morales.



A)Heteronomía.- significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma, y, que ésta, además, es impuesta en contra de su voluntad; esta característica se opone a la Autonomía que significa que la norma es creada de acuerdo a la propia conciencia de la persona, es auto legislación (darse sus propias leyes).



B)Bilateralidad.- Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone derechos, también concede derechos a uno o varios sujetos. León petrazizky, dice que las normas jurídicas son imperativo - atributivas, siendo esta, otra manera de designar el carácter bilateral del derecho, pues lo imperativo signifícale ordenamiento jurídico, que impone obligaciones, y lo atributivo que estatuye derechos y obligaciones, esta característica se opone a la Unilateralidad que consiste en que frente al sujeto a quien obligan las normas, no existe otro autorizado para exigir su cumplimiento.



*Facultad: posibilidad normativa que corresponde a un sujeto llamado pretensor



Para exigir una cierta forma de conducta, a un sujeto obligado y de acuerdo con los términos de una cierta norma.



C)Exterioridad.- La norma jurídica únicamente toma en cuenta la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido en la norma, sin importarle la intención o convicción del sujeto obligado; se pone a la Interioridad en la cual el cumplimiento del deber no se realiza solo d acuerdo con la norma, sino conforme a los principios y convicciones del obligado.



C)Coercibilidad.- Esta característica consiste en que el estado tiene la posibilidad de aplicar por medio de la fuerza física una sanción si la persona se niega a acatarla; a esta se le opone la Incoercibilidad que consiste en que la norma se ha de cumplir de manera espontánea, no puede obligarse a las personas a que la cumplan por medio de la fuerza judicial. La sanción es un daño o mal que sobreviene por el incumplimiento de una norma y desde ese punto de vista todas las normas tienen sanción, sin embargo, solo las jurídicas coercibilidad.



III. Fuentes del Derecho.



3.1. Concepto de Fuentes.



El Término fuente surge de una metáfora, pues remontarse a las fuentes de un rio, es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disposición jurídica es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho.



La palabra fuente, jurídicamente tiene tres acepciones que son: históricas, reales y formales.



3.2. Clasificación de las fuentes del derecho



Fuentes históricas.- son los documentos (inscripciones, papiros, libros, etc.) que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes.



Son documentos que contienen la información del derecho vigente en otra época, en base en los cuáles nos inspiramos para crear una determinada ley o institución jurídica, por ejemplo: las leyes de indias, el código de Hamurabi, la declaración de los derechos del hombre y ciudadano de la 1789, etc.



Fuentes materiales o reales.- Son los factores y elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas. En otras palabras son, aquellos factores políticos, sociales, y económicos que contribuyen a la formación del derecho y que deben ser tomados en cuenta por los legisladores para crear normas jurídicas. P/ej.: la revolución mexicana dio origen a los artículos 27 (propiedad y repartición de tierras) y 123 (protección al trabajador) constitucionales.



Fuentes formales.- son los procesos de creación de las normas jurídicas.



Para poder obtener derecho de éstas fuentes es necesario seguir una serie de actos que darán como resultado una determinada norma jurídica. Como dice García Maynez:" Las fuentes formales son el canal o el vehículo por donde se transportan las fuentes reales".



Existen 5 canales o vías que son: la legislación, jurisprudencia, costumbre, la doctrina y los principios generales del derecho.



A) Legislación.- Es el proceso por el cual uno o más órganos del estado crean determinadas normas jurídicas de cumplimiento general a las que se les da el nombre de leyes. La receta o proceso legislativo se encuentra en la constitución en los artículos 72 y 73. Esos pasos o fases del proceso legislativo son los siguientes:



1.- Iniciativa: es la facultad que la ley otorga a diferentes órganos del estado para presentar proyectos de leyes ante el congreso de la unión. En nuestra constitución las únicas personas facultadas para presentar iniciativa de ley son: a) el presidente de la república; b) los diputados y senadores; c) los poderes legislativos de cada estado.



2.- Discusión: es el acto por el cual las cámaras deliberan acerca de las iniciativas, para determinar si son o no son aprobadas. A la cámara donde inicialmente se discute el proyecto se le llama cámara de origen y a la otra se le llama cámara revisora. Una vez presentada la iniciativa pasará a una comisión especializada, donde será analizada a profundidad, si se considera viable o permitente, se pasará a discusión ante el pleno de la cámara, donde se decidirá si se aprueba o no; si se aprueba el proyecto de ley pasará a la cámara revisora, donde también será revisada por comisión y sometida a la votación del pleno y en caso de ser aprobada se mandará al presidente de la república, (poder ejecutivo).



3.- Aprobación: para que el proceso legislativo siga su cause normal es necesario que las cámaras acepten el proyecto de ley del que se trate. La aprobación de leyes se aprobará por la mayoría de las cámaras legislativas y se turnará después al presidente de la república para su sanción.



4.- Sanción: es el acto por el cual el presidente de la república acepta un proyecto de ley.El veto es la facultad que tiene el presidente de la república para negarse a aprobar una ley, haciéndole observaciones. La promulgación es el acto a través del cual el presidente de la república ordena la publicación de una ley.



5.- Para estos efectos es necesario que las leyes sean publicadas en el diario oficial de la federación, que es el órgano informativo de la federación.



6.- Iniciación de la vigencia: es el mecanismo por el cual una ley entra en vigor con toda su fuerza obligatoria para todos los habitantes del estado. Existen 2 sistemas de que una ley entra en vigor:



a)sucesivo: las leyes obligarán y surtirán sus efectos tres días después de su publicación y, además, se necesita que transcurran un día mas por 40 Km. de distancia del lugar de su publicación.



b) sincrónico: este sistema señala que la ley entrará en vigor desde el momento en que sea señalada en el cuerpo de la ley. P ej/ esta ley entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2002.



El tiempo que existe entre el momento de la publicación de una ley y aquel en el que comienza se llama "vocatio legis".



El producto final del proceso legislativo es la ley, que constituye uno de los principales conceptos del estudio del derecho, a continuación lo analizaremos brevemente.



La Ley.- Es la norma del derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad publica, aun sin el consentimiento de los individuos y que tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el bien común.



La ley tiene dos elementos:



*material.- es la materia misma del acto, esto es la norma general, abstracta y obligatoria que regula la conducta humana.

*formal.- es la norma creada por el poder legislativo.



Características de la ley
a)General: que sea para todas las personas que reúnan las condiciones previstas por ella.
b) Abstracta: la ley esta hecha para aplicarse en un numero indeterminado de casos, para todos aquellos que caen en los supuestos establecidos por las normas.
c)Impersonal: La ley esta creada para aplicarse a un numero indeterminado de personas y no a alguna en especifico.
d)Obligatoria: La ley debe cumplirse aún en contra de la voluntad de las personas.



Diferentes tipos de leyes



Dependiendo de lo que van a regular las leyes, se clasifican en:
Ø Leyes orgánicas.- su principal función es establecer la estructura y funcionamiento de los diferentes órganos estatales. Por ejemplo: la ley orgánica de administración pública general // ley orgánica de la universidad de Guanajuato.
Ø Leyes reglamentarias.- se emiten para detallar los aspectos específicos de los derechos y obligaciones de un determinado precepto que la constitución establece. P ej./ la ley reglamentaria del art. 3° constitucional.
 Ø Leyes ordinarias o secundarias.- todas aquellas que no son ni orgánicas ni reglamentarias, p ej./ código civil, penal, de comercio.



Fin de la vigencia de la ley

Las leyes o normas jurídicas tienen un periodo donde se deben observar y cumplir, para dar fin a la vigencia de una ley se han adoptado dos figuras jurídicas:

1 Derogación.- es dejar sin efecto una norma jurídica o ley, en alguna de sus partes, esto es, dejar sin efecto parcialmente a una ley.



2 Abrogación.- consiste en dejar sin efecto la totalidad de una ley



El Reglamento.- Es el conjunto de normas generales, abstractas y obligatorias, expedidas por el presidente de la República, dentro de su ámbito de competencia para facilitar el cumplimiento de una ley expedida por el legislativo. Las diferencias con la ley son que el reglamento es creado por el ejecutivo y la ley por el legislativo, si no existe una ley no puede haber reglamento pues este deriva de ella, el reglamento no puede ir as allá de lo que la ley establece.

B) Los Tratados Internacionales.- Son los acuerdos celebrados entre los estados con el fin de regular sus relaciones reciprocas en el orden económico, político o cultural, o en su caso también prevenir y resolver las controversias entre ellos.



Ratificados por el senado a propuesta del presidente de la república, los tratados son ley suprema en toda la unión siempre y cundo no contradigan a la constitución



C) La Costumbre.- Es un uso importante en la colectividad y considerado por esta como jurídicamente obligatorio.



Para que la costumbre pueda considerare como fuente del derecho deben existir dos elementos al mismo tiempo:



Ø Un elemento objetivo o material; que consiste en la repetición constante de un comportamiento y:



un elemento subjetivo o formal que radica en la convicción de la obligatoriedad que existe frente al comportamiento mencionado (opinio uris).



En la mayor parte del derecho mexicano no se autoriza la costumbre como fuente del derecho, sin embargo, existen excepciones como en materia civil, penal, laboral y electoral.



D) Jurisprudencia.- Es la interpretación que de la ley hacen los tribunales federales en 5 tesis ininterrumpidas por alguna en contrario, en el mismo sentido y aprobada por la mayoría de los ministros o magistrados.



E) La Doctrina. Es la opinión de uno o varios autores en cualquier materia de derecho, que se realiza con el propósito de interpretar, comprender y aplicar correctamente el derecho. Dentro del derecho mexicano, aunque tiene una gran utilidad ilustrativa, no cuenta con fuerza obligatoria, sin embargo, estas concepciones doctrinales pueden transformarse en una fuente formal del derecho en virtud de una disposición legislativa que se le otorgue este carácter.



F) Principios Generales Del Derecho.- Son criterios o ideas fundamentales de un sistema jurídico determinado, que se presentan en la forma concreta de aforismo, en los cuales se apoya el juzgador para resolver las controversias que no encuentran solución en las normas legisladas. La eficacia como norma supletoria de la ley, depende del reconocimiento expreso del legislador, en nuestro sistema jurídico el articulo 14 constitucional en su último párrafo establece que " en los juicios del orden civil la sentencia deberá ser conforme a la letra, o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho. P ej./ la libertad, igualdad, el que puede lo mas puede lo menos, la ignorancia de la ley a nadie beneficia, donde la ley no distingue, no debemos distinguir..

miércoles, 2 de septiembre de 2009

APUNTES EN GENERAL --DERECHO MEXICANO--COSAS QUE DEBES SABER

Historia del Derecho Patrio

Periodo Prehispánico
Organización política. La Triple Alianza del Valle de México fue la organización política de los pueblos ribereños, dominados y presididos ya por los mexicanos. De ahí partió la división clasista que se impuso a todos los pueblos conquistados; de ella surgió el Teuhtli (señor absoluto y denominado por antonomasia monarca), el Tecuhtli jefe militar y el Tlamacazque (alto jerarca religioso), que fueron la base gobernante del pueblo azteca y de cuyas familias y grupos aristocráticos que los rodeaban fueron electos todos los soberanos de Tenochtitlán.
Elecciones. Los pueblos instituyeron monarquías hereditarias y se establecía una familia gobernante, de la cual se elegía el monarca o señor por cuatro electores, escogidos exclusivamente del grupo aristócrata.
Organos Judiciales. Existía el monarca, el sacerdote supremo, los consejeros y una especie de estado mayor, se nombraba a los jefes inferiores en los calpullis y a los auxiliares de éstos, escogidos en su mayoría por parte de los miembros de la nobleza meshica. A estos organismos dirigentes se unía el judicial, que estaba constituido a su vex por un Magistrado Supremo, que además tenía funciones administrativas. Sólo conocían de juicios civiles o causas criminales.
Formas políticas y administrativa. Dentro de la Triple Alianza el producto de las guerras, los tributos y los beneficios obtenidos en el comercio, se distribuían equitativamente una vez retirada la aportación de cada señorío para los gastos iniciales. Se dio el mejor patrón que se conoce sobre impuestos.
La Esclavitud. Había tres clases de esclavos: los prisioneros, los que eran sometidos a la esclavitud por deudas (quienes podían ser redimidos si familiares o amigos cubrían el monto del adeudo) y los esclavos voluntarios. Los esclavos podían a su vez adquirir otros esclavos para ayudarles.
La Familia. La base de la sociedad mexicana fue la familia. El matrimonio se consideraba obligatorio, el soltero después de los 25 años era repudiado e inclusive obligado a abandonar el calpulli. Se practicaba la poligamia, pero solo en aquellos casos en que el hombre demostraba que estaba en condiciones de satisfacer los gastos de dos o tres familias. El divorcio no existía como necesario salvo en algunos casos (esterilidad, faltas graves, hijos retrasados, anormales, etc).
Las Sucesiones. Generalmente se heredaba dignidad y bienes al hijo primogénito de la esposa principal. Si los herederos eran pequeños, los bienes se entregaban a su tutor, el que los entregaría cuando alcanzaban la mayoría de edad.
Periodo Colonial. Existió una doble legislación, una para los españoles y otra para los indígenas. Las autoridades del virreynato hicieron caso omiso de las legislaciones y pretendían aplicar su propia legislación.
Real Consejo de Indias. Institución creada para dirigir desde el punto de vista político a las colonias. Fue el Supremo Tribunal de la Colonia. Fue un órgano político en lo correspondiente a la elección de virreyes, capitanes generales, gobernadores e intendentes. Era el órgano de apelación de las Audiencias y podía proponer el nombramiento de empleados tanto civiles como eclesiásticos.
La única autoridad absoluta era el Virrey que era también Presidente de la Real Audiencia, Gobernador General, Capitán General, Intendente de la Real hacienda y Administrador del Regio Patronato de Indias.
Tribunal de la Santa Fe o Tribunal de Inquisición. Ventilaba asuntos contra la religión católica y realizaba juicios sumamente estrictos y voluminosos.
El Tribunal de Minería que se creó para dirimir únicamente las cuestiones de esta índole.
El Tribunal Militar de la Acordada que castigaba delitos graves contra la disciplina militar, así como a maleantes y salteadores de caminos.
Periodo Independiente
El bando de Hidalgo. Hidalgo propuso que se ocupara un papel común para economizar. Secretaría de Justicia, de Relaciones exteriores y de Gobernación.
Junta de Zitácuaro. México con independencia total. México un país soberano. Crea los despachos de justicia, de guerra y de hacienda. Establecía que los traidores debían ser perseguidos.
Constitución española de Cádiz. España pretendía recuperar el poder en México.
Constitución de Apatzingán. (Sentimientos de la nación). Soberanía de México. Representación popular con voto indirecto. División de poderes. Religión católica como única. Educación.
Plan de Iguala y Tratados de Córdoba. A través de ellos se logró la consumación de la independencia.
Constitución Federal de 1824. Primera constitución federal. Basada en la Constitución de E.U. Religión Católica. República Representativa Popular Federal.
Siete Leyes Constitucionales de 1836.
Bases orgánicas de 1843.
Constitución de 1857. República Representativa Democrátiva y Federal. Segunda Constitución de México. Se inicia la Guerra de Reforma.
Constitución de 1917.

¿Qué es el Derecho?
Facultad
D. Subjetivo
Conjunto de normas jurídicas que conceden facultades a los individuos frente al poder del estado.
D. Político. Derecho de elegir el poder.
D. Público. Libertad
D. Civiles
Reales. Derecho de propiedad
Personales. Patria protestad
Conjunto de justicia
D. Objetivo
Conjunto de normas que tienen carácter obligatorio en un estado.
D. Positivo. Normas creadas por el Estado estén vigentes o no (vigentes, no vigentes)
Ideal de justicia
D. Natural
Conjunto de normas que tienen como valor moral la justicia (ser hombre). La recta razón escrita en el corazón de los hombres.
Aplicación momentánea
D. Vigente
Conjunto de normas que se aplican en este lugar y en este momento determinado.
Tipos de normas
Conceptos
Coercibilidad. El uso de la fuerza del Estado para hacer cumplir las leyes.
Normas morales (interna, autónoma, unilateral, incoarcible) Reflexión sistemática sobre las normas de la acción humana. Disposición creada por la propia naturaleza del hombre.
Normas sociales (externa, heterónoma, bilateral, incoarcible) Disposiciones creadas por las conveniencias sociales.
Normas religiosas (externa, heterónoma, bilateral, incoarcible) Disposiciones creadas por una divinidad.
Normas jurídicas (externa, heterónoma, bilateral, coarcible) Disposiciones creadas por el Estado (generales, abstractas y obligatorias).

Ambitos de validez de la norma
Espacial (donde) Federales, locales, municipales.
Temporal (cuando) Drogas- quitar parcialmente, ebriedad- quitar temporalmente.
Material (que) Delito, matrimonio- Derecho Penal, compra- venta – Derecho del Trabajo.
Personal (quien) Delincuentes, contrayentes, comprador y vendedor.

Fuentes del Derecho
Fuentes reales. Son aquellos elementos que determinan el contenido de una norma (fenómenos sociales).
Fuentes históricas. Código de Hammurabi, Derecho Romano.
Fuentes formales. Procesos de creación de las normas jurídicas.

Conceptos
Jurisprudencia. Ciencia del Derecho. Consiste en 5 ejecutorias en un mismo sentido.
Costumbre. Uso repetitivo de una costumbre que adquiere carácter obligatorio.
Doctrina. Estudio del Derecho por parte de los juristas.
Principios Generales del Derecho. Ideas generales máximas que orientan un sistema jurídico.
Vacatio legis. Plazo entre publicación y vigencia de una ley.
Iniciativa
Se establece un proyecto de ley
Discusión
Deliberar sobre la aprobación de una ley
Aprobación
Aceptación de un proyecto de ley
Sanción
Aceptación de un proyecto de ley por el Ejecutivo
Derecho de veto
Derecho del Ejecutivo de hacer observaciones sobre la ley
Publicación
Dar a conocer la ley en el Diario Oficial
Iniciación
Sucesivo. Entra 3 días después y un día más por cada 40 km.
Sincrónico o simultaneo. Entra el día que se indica.

Jerarquía del orden jurídico
NORMA
CARACTERISTICAS
QUIEN LA REGULA
Constitución
Norma suprema que regula la vida jurídica de un país.
Congreso Constituyente o Poder Constitucional
Tratado internacional y ley federal
Acuerdo celebrado entre dos o mas Estados para regular relaciones entre ellos.
Congreso de la Unión (las aprueba la Cámara de Senadores)
Ley Ordinaria o Local
Ej. Código Civil, Código Penal, etc.
Legislaturas locales o estatales
Decreto
Trata situaciones particulares
Congreso de la Unión o Poder Ejecutivo
Reglamento
Detalla las Leyes Federales
Poder Ejecutivo

Normas Jurídicas
Individuales
Contrato
Especie de convenio (acuerdo entre dos o más para crear, transferir, modificar, extinguir derechos y obligaciones) que solo crea y transfiere.

Testamento
Acto personalísimo, revocable y libre que hace a una persona capaz para disponer de sus bienes a su muerte.
Resolución administrativa
Resolución que toma la autoridad administrativa en una multa contra un particular
Sentencia
Resolución que dicta un juez o un tribunal a un conflicto o litigio entre particulares o entre estos y la autoridad administrativa.

Derecho Constitucional
Estructura
Orgánica (Art. 30 – 136) Funcionamiento de organismos políticos.
Dogmática (Art 1 – 29) Derechos fundamentales del hombre.

Origen de una Constitución.
Guerra. El país conquistador impone su constitución a otro.
Revolución. La Constitución entra en vigor después de una Revolución.
Obsoleta. La Constitución no va con el desarrollo de un país.

Clasificación
Por su forma jurídica
Codificadas (136 Art.)
Dispersas (Constitudinaria)
Por su reforma
Flexibles
Rígidas
Por su nacimiento
Impuestas
Pactadas
Otorgadas

Derecho Constitucional Orgánico
Garantías individuales. Derechos inalienables, imprescriptibles, e irrenunciables de un hombre.

Clasificación de las Garantías individuales.
Igualdad
1º. Todo individuo gozará de las garantías de esta Constitución.
2º. En México está prohibida la esclavitud.
4º. Ley protege a los indígenas.
12º. En México no se concederán títulos de nobleza.
13º. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales.

Libertad
4º. Libertad de elegir número de hijos.
5º. Libertad de elegir trabajo lícito.
6º. Libertad de hablar.
7º. Libertad de escribir.
8º. Derecho de petición.
9º. Libertad de reunión.
10º. Libertad de poseer armas.
11º. Libertad de tránsito.
16º. No puede molestarnos nadie.
24º. Libertad de religión.
28º. Prohibición de monopolios.

Propiedad
27º. Derecho de propiedad.

Seguridad
14º. Irretroactividad.
15º. No se permiten juicios de extradición.
16º. Nadie puede ser molestado.
18º. Prisión preventiva.
19º. Término constitucional 72 hrs. Liberación o consignación.
20º. Garantías del inculpado.
21º. Autoridad judicial encargada de poner penas.
22º. Penas prohibidas.
23º. No más de tres instancias.

PODER LEGISLATIVO FEDERAL
¿Cómo se compone la cámara de diputados, cada cuanto se eligen, cuantos son?
Se compone de Rep. De la nación, electos en su totalidad cada 3 años, esta integrada por 300 diputados electos según la votación mayoritaria relativa y hasta 200 diputados que serán elegidos según el principio de representación proporcional.
Requisitos para ser diputado
Ser ciudadano mexicano por nacimiento, tener 21 años cumplidos, ser originario del estado en el que se haga la elección, no estar en servicio activo en el ejército federal, ni tener mando en la policía del distrito, no ser secretario o subsecretario de estado, no ser ministro de algún culto religioso.
¿Cómo se integra la cámara de senadores, cada cuanto se eligen, cuantos son?
Se integra por 128 senadores, se renovará cada seis años.
Requisitos para ser senador
Son los mismos que para ser diputado con excepción del de la edad que deberá ser de 30 años cumplidos.
¿Qué organismo declarará la validez de las elecciones de diputados y senadores?
El Instituto Federal Electoral
¿Qué garantías tienen respecto de sus opiniones?
Están dotados de inviolabilidad unas veces y de irresponsabilidad otras.
¿Qué puestos pueden desempeñar?
Ningún otro puesto de la federación.
Requisitos para que puedan abrir sus sesiones
Se necesita un Quorum, debe estar reunido un número determinado de sus integrantes. (senadores 2/3 partes, diputados más de la mitad)
Consecuencias para quien no asista
No tendrán derecho a la dieta correspondiente al día en que falten.
¿De cuando a cuando son las sesiones ordinarias del Congreso de la Unión?.
1ª. Del 1º de septiembre al 15 de diciembre
2ª. Del 15 de marzo al 30 de abril
¿Qué carácter tienen las resoluciones del congreso?
De ley o decreto.
¿Qué ley no podrá se vetada por el Ejecutivo?
La ley que expida el Congreso que regulará su estructura y funcionamiento.
¿Qué facultades tiene cada una de las cámaras?
Diputados (Art. 74), Senadores (Art. 76)
¿Cómo se integra la Comisión permanente y sus facultades?
19 diputados y 18 senadores (Art. 78 – 79)

PODER JUDICIAL FEDERAL
¿En quienes se deposita el poder judicial y como se integran?
Se integra por la Suprema Corte de Justicia, Tribunales Colegiados, Tribunal unitario, Juzgados de Distrito, Consejo de Judicatura Federal y el Tribunal Federal Electroral.
¿Qué nombre se les da y cuanto tiempo duran en su cargo?
De la Suprema Corte de Justicia es un presidente y dura 4 años, y 11 ministros que duran 5 años, del Tribunal Colegiado son 3 magistrados, del Tribunal unitario es un magistrado, de los Juzgados de Distrito es un juez en cada juzgado y del Consejo de Judicatura Federal son 7 consejeros.
Requisitos para nombrarlos
Para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia se necesita ser ciudadano mexicano por nacimiento, no tener más de 65 años ni menos de 35 años al día de la elección, poseer título de abogado con antigüedad mínima de 5 años, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, haber residido en el país durante los últimos 5 años.
¿Cuáles son las facultades de la Suprema Corte de Justicia?
Determinar el número, división en circuitos y jurisdicción territorial. Esta facultado para emitir acuerdos generales a fin de lograr la mayor prontitud en su despacho.
¿Quién nombra al ministerio público de la federación, quién lo preside, quién lo ratifica?
El Ejecutivo lo nombra, el Procurador General lo preside y ratifica.
¿Qué Art. Fundamentan el Juicio de Amparo, cuales son sus partes, tipos de amparo y ante quién proceden?
Lo fundamentan el Art. 103 y el 107. Las partes son agraviado, autoridad, terceros perjudicados y Ministerio Público Federal. Los tipos de Juicio de Amparo son penal, administrativo, civil. Proceden contra individuos particulares, contra sentencias definitivas o laudos, contra actos en juicio cuya ejecución sea de imposible reparación, contra actos que afecten a personas extrañas al juicio.

PODER EJECUTIVO FEDERAL
República representativa democrática y federal.
¿En quien se deposita?
Se deposita un solo individuo, que se denominara Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
¿De qué forma es su elección?
La elección será directa y en los términos que disponga la ley.
Requisitos para ser Presidente
Ser ciudadano mexicano por nacimiento e hijo de padres mexicanos, tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección, haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección, no pertenecer al estado eclesiástico, no estar en servicio activo del Ejército 6 meses antes de la elección, no tener ningún puesto administrativo, no estar comprendido en ninguna de las causas de incapacidad establecidas en el Art. 83.

Derecho Administrativo
Secretaría de gobernación
SEGOB
Puente entre el Congreso y el Presidente
Secretaría de Hacienda
SHCP
Cobrar impuestos
Secretaria del desarrollo social
SEDESOL
Reducir la pobreza y exclusión social
Secretaría de energía
SE
Realiza estudios acerca del ahorro de energía
Secretaría de comunicaciones y transportes
SCT
Construir y administrar puertos, carreteras, etc.
Secretaria del medio ambiente
SEMARNAP
Administra los recursos naturales
Secretaría del trabajo y previsión social
STPS
Observar que se cumpla el Art. 123
Secretaría de Educación Pública
SEP
Otorga títulos de estudios
Secretaría de la Defensa Nacional
SEDENA
Organiza el servicio militar y al ejército
Secretaría de relaciones exteriores
SRE
Dirige las relaciones exteriores
Secretaría de salud
SS
Promueve campañas de vacunación
Secretaría de turismo

Fomenta el turismo
Secretaría de contraloría
SECODAM
Regula que los funcionarios no se hagan ricos

INFONAVIT
Coordina y financia programas de construcción

Derecho Internacional Público CNJ que fijan los derechos de los Estados entre sí.
¿A quienes se atribuyen los términos Estado y Derecho Internacional?
Estado a territorio, población y gobierno, el que creo la palabra fue Maquiavelo.
¿Cuáles fueron los acontecimientos que dieron origen al Derecho Internacional?
El descubrimiento de América que ocasionó problemas en Portugal y España con lo que el Papa Alejandro propone una bula. Los dos países rechazan esto y hacen el tratado de Tordecillas, donde desconocerían el poder del Papa para gobernar. La Reforma iniciada por Martín Lutero. El tratado de Wetfalia que da soberanía a los estados. Las guerras napoleónicas donde se ganaban territorios por medio de guerras. La Santa Alianza que restauró los principios cristianos. El congreso de Viena donde se establecen nuevs divisiones políticas. La 1ª guerra mundial.
¿Cuáles son los principios que observa México en su relación con otros países?
Principios de autodeterminación e igualdad jurídica entre los estados y de no intervención.
¿Cuáles son los organismos más importantes, cuando se fundaron, con que fines y cuales son sus órganos principales?
ONU (Asamblea general, consejo de seguridad, corte internacional de justicia, la secretaría)
OEA

Derecho Penal CNJ relativas a los delitos y que establecen tres cosas: penas, delitos y medidas de seguridad.
Conceptos
Delito. Acto u omisión penal que es castigado por las leyes penales.
Conducta. Hacer o dejar de hacer algo. Es típica pues se adecua a lo que describe la norma, es antijurídica cuando va en contra del derecho, es imputable que es el encontrar un culpable al delito.
PENAS
EXPLICACION
Prisión
Máximo 50 años
Tratamiento
Libertad, semilibertad, trabajo
Internamiento
Imputables
Confinamiento
Permanecer en su hogar
Prohibición de ir a lugar determinado

Sanción pecuniaria
Multa
Decomiso de objetos o bienes

Amonestación
Apercibimiento o caución
Suspensión de derechos
Inhabilitación de funciones
Publicación de sentencia

Vigilancia de la autoridad

Suspensión y disolución de sociedades

Medidas tutelares para menores de edad


Delitos contra la vida e integridad corporal
Delitos Sexuales
Delitos contra personas en su patrimonio
Lesiones
Homicidio
Parricidio
Infanticidio
Aborto
Procurado
Consentido
Sufrido
Sin castigo
Abandono de personas
Atentado al pudor
Estupro
Violación
Que se equipara a la violación
Incesto
Adulterio
Robo
Abuso de confianza
Fraude
Daño en propiedad ajena

Derecho Civil CNJ que se refieren a los actos propios del ser humano.
Está regulado por el Código Civil (3074 Art.). Se divide en cuatro libros: persona, bienes, obligaciones, sucesiones.

PERSONA
Conceptos
Persona. Centro de imputación de la norma jurídica.
Atributos de la persona
Nombre. Nombre de pila y de familia.
Domicilio. Lugar donde reside de manera habitual una persona. (voluntario, legal, convencional).
Capacidad. Actitud para ser sujeto de derechos y de obligaciones.
Patrimonio. Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que pueden ser apreciables en dinero. (activo, pasivo – solvente, insolvente)
Estado Civil. Situación que guarda la persona con respecto al Estado.
Estado Político. (Nacionalidad) Situación jurídica que guarda la persona en relación con el Estado.

FAMILIA
Conceptos
Matrimonio. Unión de dos personas de sexo indistinto.
Fines del matrimonio. Cohabitar- procreación, fidelidad, asistencia.
Parentesco.
Consanguíneo (hijos, hermanos, padres)
Afinidad (parentesco político)
Civil (adopción, tutela)
Impedimentos del matrimonio
Dirmientes. Falta de edad, consentimiento, parentesco consanguíneo, parentesco de afinidad, adulterio, atentado contra uno de los cónyuges para obligarlo al matrimonio, fuerza o miedo, ebriedad, drogas, enfermedad, idiotismo e imbecilidad, matrimonio previo.
Impedientes. Ilícito.
Capitulaciones matrimoniales
Bienes mancomunados
Bienes separados
Divorcio. Disolución del vínculo matrimonial dejando a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
Muerte
Voluntario (administrativo, judicial)
Necesario

Bienes
Conceptos
Bienes. Todas aquellas cosas que son susceptibles de apropiación.
Corporeos. Pueden ser percibidos por los sentidos
Fungibles. Reemplazables
No fungibles. No se pueden remplazar
Consumibles
No consumibles
Con dueño
Dominio público
Uso común
Servicio público
Propios de la federación
Particulares
Sin dueño
Mostrencos (muebles)
Por su naturaleza
Por su determinación de la ley
Por su anticipación
Vacantes (inmuebles)
Por su naturaleza
Por su disposición
Por su objeto
Incoroporeos. Percibidos por la inteligencia (libertad, salud, dignidad)

Obligaciones
Conceptos
Obligación. Es la relación jurídica entre dos personas por virtud de la cual una de ellas llamada deudor, se encuentra sujeta para con otra, llamada acreedor, a una prestación o a una abstención de carácter patrimonial.

Elementos de las obligaciones
Sujetos. Personas que intervienen en la obligación
Relación Jurídica. Poder que tiene el acreedor sobre el deudor
Objeto. Es aquello que puede exigir el acreedor al deudor
Fuentes de las obligaciones
Contratos. Convenios que producen o transfieren obligaciones o derechos
Elementos:
Consentimiento. Manifestación de la voluntad de las partes. (expreso - verbal o escrito, tácito)
Error. Cuando se usa un significado diferente de las palabras.
Violencia. Amenazas y chantajes para aceleración de un contrato.
Dolo. Cuando alguien hace caer a otro en el error.
Objeto. Debe estar en la naturaleza, debe ser determinable, debe estar en el comercio.
Clasificación
Unilaterales y bilaterales
Onerosos y gratuitos
Comunitarios y aleatorios
Consensuales
Reales
Formales
Instantáneos y sucesivos
Principales y accesorios
Delitos. Todo hecho voluntario contrario a las leyes
La Ley. Derechos y obligaciones que deben respetarse.
Cuasi contratos. Hechos lícitos y voluntarios que obligan a las personas que los ejecutan hacia otras
Cuasi delitos
Sucesiones

Derecho Procesal CNJ que se refieren a la jurisdicción.
Proceso Civil.
Exposición. Demanda, pasa al juez y se entera al demandado.
Pruebas
Confesionaria. Se hacen preguntas por parte de las dos partes en forma afirmativa.
Documental.
Pública. Firmada por una autoridad
Privada. Firmada por un particular
Testimonios. Se presentan testigos por voluntad
Pericial. Estudios para verificar la veracidad de las cosas
Inspección. Cuando no se pueden transportar las pruebas
Instrumental de actuación. Todo lo que se ha escrito del juicio
Presuncional
Legal
Humana
Fama pública. Se puede utilizar para la patria protestad.
Alegatos. Son las conclusiones de las partes
Sentencia. Solución que da un juez ante un conflicto entre particulares
Ejecución de la sentencia. Se cumple la sentencia
Proceso Penal
Denuncia
Averiguación previa
Instrucción
Consignación al juez
Juicio penal 72 horas
Pruebas
Careo

Derecho del Trabajo CNJ que regulan las relaciones entre trabajadores y patrones
Conceptos
Trabajo. Todo esfuerzo de carácter material.
El Art. 123 es el fundamento del Derecho del Trabajo. Se divide en 2 apartados: A. Trabajadores en general y B. Trabajadores del Estado.
Jornada
Diurna 8 hrs
Mixta 7 ½ hrs
Nocturna 7 hrs
Salario mínimo. Es la cantidad mínima que debe percibir el trabajador por su trabajo.
Vacaciones
Seguro Social
Huelga. Suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.
Paro. Suspensión del trabajo llevada a cabo por los patrones directamente.
Aguinaldo
Reparto de utilidades. Prestación que están obligados a otorgar los patrones en el mes de mayo.
Estabilidad. Contratos
Prima de antigüedad. 12 días al año.
Sindicatos

Derecho Agrario CNJ que se refieren a la explotación y propiedad del campo.
Está regulado por el Art. 27 Constitucional

Derecho Mercantil CNJ que regulan el comercio y sus comerciantes.
¿A quienes se considera comerciantes?
A la persona que se dedica a negociar, al tráfico mercantil, a comprar, a vender, etc.
¿Quiénes tienen capacidad para ejercer el comercio?
Todas las personas, excepto los menores de edad no emancipados, los locos, idiotas e imbéciles, los sordomudos que no saben leer ni escribir, los ebrios consuetudinarios y los que habitualmente hacen uso inmoderado de drogas enervantes.
Mencione 10 actos de comercio
Todas las adquisiciones
Las compras y ventas de bienes inmuebles
Las empresas de abastecimientos y suministros
Las empresas de fábricas y manufacturas
Las librerías y las empresas editoriales y tipográficas
Las empresas de espectáculos públicos
Las operaciones de comisión mercantil
Las operaciones de Bancos
Los depósitos por causa de comercio
Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra
Las obligaciones entre comerciantes y banqueros

Definición de Sociedades Mercantiles
Es aquella en que el fin común es precisamente la especulación mercantil.
SOCIEDAD

CARACTERISTICAS
Sociedad de nombre colectivo
SNC
Todos los socios responden de las obligaciones sociales
Sociedad de comandita simple
SCS
Existen dos tipos de socios: comanditados y comanditarios
Sociedad de responsabilidad limitada
SRL
Solo se responde por % de aportación
Sociedad de comandita por acciones
SCA
Acciones
Sociedad Anónima
SA
Se compone de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones
Sociedad Cooperativa
SC
Unión de varios trabajadores para la distribución de bienes o servicios

Definición y características de los títulos de crédito, clasificación y tipos de títulos de crédito.
Títulos de crédito. Documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.
Características:
Incorporación. Sin la existencia del título no existe el derecho
Legitimación. La posesión y presentación del título legitima a su tenedor, teniendo el derecho de exigir su cumplimiento.
Literalidad. El derecho que se quiera ejercitar será solo en los términos del documento.
Autonomía. El derecho consignado en el título es autónomo porque cada uno de los tenedores del documento tiene derechos propios e independientes de aquéllos que tuvieron antes el título.
Clasificación
Nominados e Inominados
Personalidad, obligacional y reales
Singular y seriales o de masa
Principales y accesorios
Nominativos, a la orden y al portador
Abstractos y causales
Completos e incompletos
De especulación y de inversión
Públicos y privados
Unicos y con copias
Principales títulos de crédito
Letra de Cambio. Es un título de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada girador da a otra llamada girado de pagar una suma de dinero a un tercero que se llama beneficiario (girador).
Pagaré. Título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar en lugar y época determinada una suma de dinero a la orden del tomador.
Cheque. Título o valor dirigido a una institución de crédito, con el que se da la orden incondicional de pagar a la vista una cantidad de dinero a cuenta de una previsión previa y en la forma convenida (librador).
Certificados de participación
Certificados de depósito
Las acciones de las sociedades Anónimas
¿Qué es el endoso?
Es la manera de transmitir el título a otra persona.